La Comisión Institucional, Buen Gobierno y Transparencia de las Juntas Generales de Bizkaia ha dado este jueves el visto bueno en comisión al proyecto de norma foral que desarrolla la regulación de la tasa por la prestación de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.
El texto renovado, que sustituye a la normativa de 1990 revisada por última vez en 2013, fija un sistema de tarifas apoyado en criterios técnicos homogéneos, incorpora los costes reales de los recursos humanos y materiales movilizados y establece una respuesta concreta para cada tipo de actuación. La norma determina qué intervenciones pueden originar la tasa, quién debe afrontarla y en qué supuestos se aplican exenciones.
Según ha señalado la Cámara foral, la reforma normativa ha salido adelante con el respaldo de todos los grupos junteros salvo el PP, que ha optado por la abstención en las distintas votaciones relativas a los ocho artículos y las cuatro Disposiciones Finales.
El dictamen de la comisión se elevará a un pleno ordinario para su aprobación definitiva, incorporando tres modificaciones respecto al texto remitido inicialmente por la Diputación a la Cámara vizcaína, después de que la comisión haya tumbado tres enmiendas defendidas por el grupo Mixto-Elkarrekin Bizkaia y otras ocho del grupo Popular Vizcaíno. EH Bildu no ha registrado propuestas de cambio en el articulado.
Enmiendas y cambios introducidos
La primera de las variaciones figura en la única enmienda consensuada por los grupos Nacionalistas Vascos y Socialistas Vascos, que establece que las entidades o sociedades aseguradoras de riesgo pasen a ser responsables solidarias del pago de la tasa por la prestación de estos servicios públicos, junto con los otros dos sujetos pasivos ya previstos en el proyecto de norma: las personas que hayan provocado el siniestro y las personas propietarias de la parcela, inmueble o industria afectados. Esta modificación también había sido planteada por la formación morada en una enmienda que finalmente se ha retirado.
Otros dos ajustes han sido pactados por jeltzales y socialistas con el grupo Popular Vizcaíno en lo relativo a los hechos imponibles. Se incorpora una exención de la tasa para los informes, análisis técnicos y asesoramientos emitidos a solicitud de la Diputación, de otras administraciones públicas o de la autoridad judicial, siempre que contribuyan a mejorar el cumplimiento de obligaciones legales en materia de seguridad, protección civil o planificación urbanística.
Mediante otra enmienda transaccional se ha acordado que la tasa pueda aplicarse en simulacros cuando sean organizados por entidades privadas o por personas particulares, y no sean calificados como de especial interés por el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS).
El proyecto de norma, presentado en una sesión anterior por el diputado foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, Ager Izagirre Loroño, pretende «simplificar» el cálculo y fijar unos criterios «lo más objetivos posibles» para abonar los servicios. Para ello se han definido 24 tipos generales de intervención, otorgando un tratamiento específico a cada uno de ellos en lo relativo a la generación o no de la tasa y a las condiciones en que procede su cobro.
Exenciones y situaciones de riesgo vital
La reforma garantiza la exención del pago en situaciones de riesgo vital urgente o de especial sensibilidad social, como rescates de personas o animales, incendios en viviendas, intervenciones con fallecimientos o emergencias colectivas con víctimas.
El proyecto incorpora exenciones relevantes para escenarios de emergencia y vulnerabilidad. En el caso de emergencias graves y catástrofes se prevé un tratamiento particular, proponiendo la exención de la tasa en toda intervención que sea consecuencia directa de dichos episodios cuando se activen formalmente los planes de emergencia territoriales y especiales.
En lo relativo a búsquedas y rescates, la propuesta establece que no se apliquen tasas en ningún tipo de operación. Esta previsión abarca búsquedas y rescates, tanto de personas como de animales, normalmente motivados por riesgo para la integridad física de las personas, por la necesidad de rescatar cadáveres o por peligro para la vida de los animales.
En las intervenciones por incendio, tanto en entornos urbanos como en el medio natural, no se repercutirán tasas a las personas sin seguro y con escasos recursos económicos. En caso de negligencia —por ejemplo, una salida al monte con alerta roja— la Diputación aplicará una tasa específica.
Las tarifas por cada hora de trabajo del personal y de los medios materiales se han actualizado y se ajustan a los costes actuales del servicio, siendo estos importes «homologables» a los de cualquier otro servicio de bomberos del Estado, según han destacado desde la Diputación.










