El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, con Pablo Bustinduy al frente, prevé reformar el etiquetado de productos para hacerlos accesibles universalmente, con especial atención a las personas con discapacidad visual, tal y como recoge el borrador de un proyecto de Real Decreto al que ha tenido acceso Demócrata y que está contemplado para 2026. La iniciativa pretende garantizar información en braille y otros formatos para determinados bienes y productos.
No es la primera vez que el Gobierno impulsa una medida en estos términos, pero el anterior borrador tuvo que retirarlo porque la Comisión Europea apreciaba incompatibilidades con la legislación comunitaria y barreras sustanciales al mercado interior. En el nuevo texto, se presentan modificaciones sustanciales en el sujeto obligado a aplicar la nueva normativa, en el enfoque del concepto de etiquetado accesible, el contenido mínimo que debe incluir y las exenciones.
Qué se exigirá y para qué productos
El Proyecto de Real Decreto por el que se regula el etiquetado accesible de productos de consumo persigue aterrizar el compromiso que recoge la Ley 4/2022 de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. En la disposición adicional primera, de etiquetado inclusivo, se establece que el Gobierno deberá implementar el sistema braille para velar por la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual.
Para ello, algunos productos y servicios deberán llevar un etiquetado accesible, entendiéndose como tal aquel que incluye menciones, indicaciones, marcas, dibujos o signos en cualquier etiqueta para permitir a las personas con discapacidad obtener la información clara y de forma comprensible sobre las características de los mismos.
En concreto, este proyecto de Real Decreto obligaría a incluir el sistema braille, pero no en todos los productos, sino en tres:
- Productos cosméticos.
- Detergentes y limpiadores.
- Productos alimenticios.
¿Quién es el responsable?
Según el nuevo texto, al que ha tenido acceso este medio, los responsables de prestar el servicio de etiquetado accesible en los antecitados productos serán los establecimientos comerciales en territorio español con una superficie en tienda superior a los 400 metros cuadrados. Este punto es una de las novedades más notables con respecto al anterior borrador, puesto que entonces, se descargaban las obligaciones sobre los fabricantes, importadores y distribuidores.
La obligación de implementar el etiquetado con sistema braille será de los establecimientos comerciales de más de 400 m²
Además, las grandes superficies (más de 400 m²) deberán disponer de atención personalizada para personas con discapacidad visual y, en caso de que los usuarios lo requieran, acompañarán durante todo el proceso de compra. El personal es el encargado de cumplir con esta exigencia.
Información que debe incluir la etiqueta braille
El propio consumidor puede, en el momento de la compra, solicitar la etiqueta en braille, que estará preimpresa o se procederá a su impresión. La misma, deberá contener la siguiente información mínima:
- Tipo de producto y marca.
- Indicación preferente de la palabra “peligro” y “peli” o “p” en ausencia de espacio para productos que incluyan pictograma CLP.
- Indicación de la referencia “a/i” en caso de que el producto incluya ingredientes o coadyuvantes tecnológicos que causen alergias o intolerancias.
- Fecha de caducidad, en el caso de productos alimenticios.
- Si el producto ofreciese información adicional mediante un QR, se deberá marcar con un ángulo en relieve en su posición, de forma que el código quede situado en el interior de dicho ángulo. El QR deberá contener información en formato accesible.
La etiqueta podrá adherirse al producto o en un etiquetado adicional si la superficie del producto no es adecuada o suficiente. Además, los establecimientos comerciales podrán incluir cuanta información consideren oportuna.
Se contemplan exenciones para los productos que ya estén etiquetados en braille, siempre que incluyan la información mínima exigida, y también para la señalización táctil del QR cuando el producto, aun incorporando un QR o sistema análogo, ya esté señalizado en relieve conforme a las especificaciones previstas.
Comercio electrónico
Los establecimientos obligados a aplicar la normativa de etiquetado deberán cumplir igualmente cuando el servicio se realice por vía electrónica. El sitio web debe ser accesible para personas con discapacidad visual y deberá existir una opción que garantice que los productos adquiridos se entreguen con la etiqueta correspondiente sin coste adicional.
Los establecimientos dispondrán de un año, desde la publicación en el BOE, para adoptar las medidas pertinentes para cumplir todos estos requisitos.
Mucho camino por delante
En España hay 4,3 millones de personas con algún tipo de discapacidad visual, según datos de la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia (EDAD) de 2020, del Instituto Nacional de Estadística. Estos usuarios pueden encontrar situaciones de vulnerabilidad a la hora de desenvolverse en las relaciones de consumo porque numerosos bienes y productos del mercado carecen de condiciones de accesibilidad universal.
Con el propósito de reducir esta brecha, el borrador del proyecto de Real Decreto también compromete a las Administraciones Públicas a fomentar la conciencia entre establecimientos comerciales y organizaciones de consumidores para extender el etiquetado accesible, con especial atención al sistema braille.
A vueltas con las etiquetas: productos tecnológicos
Los fabricantes son muy reticentes a la medida y alegan dos motivos. Por un lado, consideran que generaría inseguridad jurídica ya que cada fabricante indicaría información distinta, entre otras cosas, porque elementos como los tiempos de recomendación están fuera de su control y no hay consenso científico ya que dependen de factores individuales. Por otro lado, esgrimen que incrementaría el uso de papel (manuales y etiquetas) y tinta.
Como alternativa, varias patronales han demandado a los grupos parlamentarios que se pueda informar en la página web o en un formato digital fácilmente accesible. También, que sean las autoridades y organismos públicos los que diseñen los conjuntos de información para que sean uniformes, independientemente del fabricante.