El exministro socialista José Luis Ábalos, en prisión preventiva desde el pasado 28 de noviembre, no ha cursado ante la Mesa del Congreso ninguna solicitud de voto telemático para el Pleno de esta semana, mientras la Cámara permanece pendiente de que el Tribunal Supremo aclare de forma definitiva su situación una vez se resuelvan los recursos de apelación presentados.
Tras la decisión del juez Leopoldo Puente que acordó su ingreso en prisión, la Presidencia del Congreso envió un oficio al Supremo para que certificase formalmente esa medida, con la intención de activar el procedimiento de suspensión del diputado. En su contestación, el Alto Tribunal ratificó que se había dictado “la prisión provisional comunicada y sin fianza” para Ábalos, pero precisó a la vez que el auto aún no es firme porque ha sido recurrido en apelación por su defensa, cuya deliberación se fijó para el pasado día 4.
Hasta que se conozca el desenlace de esos recursos y la resolución judicial adquiera firmeza, Ábalos continúa siendo diputado con la plenitud de sus derechos parlamentarios. No obstante, en el Congreso confirman que, de cara al Pleno de esta semana, no consta ninguna petición suya para ejercer el voto a distancia mediante el sistema telemático.
En cualquier caso, fuentes parlamentarias sostienen que, a la vista de los supuestos contemplados en el Reglamento de la Cámara Baja, no existe una previsión específica que ampare el voto telemático desde un centro penitenciario, si bien subrayan que la interpretación definitiva correspondería a los letrados del Congreso.
Una vez que el auto de prisión alcance firmeza, la Mesa del Congreso aplicará el artículo 21 del Reglamento, donde se establece que “los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”.
Respuesta de la Mesa al escrito de Ábalos
Paralelamente, la Mesa del Congreso sí ha dado contestación a un escrito que Ábalos remitió desde la prisión de Soto del Real. En esa comunicación, el diputado cuestionaba que no se hubieran protegido sus derechos como parlamentario durante el procedimiento judicial, denunciando que no se le había informado de los “autos y sentencias” que le afectaban, tal y como recoge el artículo 14.1 del Reglamento. Incluso sugería que la Mesa podría haber tenido conocimiento con antelación de que iba a ser detenido y enviado a prisión.
En su respuesta, recogida por Europa Press, el órgano que encabeza la socialista Francina Armengol sostiene que ni la Mesa del Congreso ni el secretario general son competentes para pronunciarse sobre las cuestiones planteadas en ese escrito y recuerda que, en todo caso, la Presidencia garantiza los derechos y prerrogativas de la Cámara y de sus integrantes conforme a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento.
Dicho precepto establece que “durante el período de su mandato, los diputados gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización del Congreso”.










