La Mesa del Congreso ha decidido este miércoles, por acuerdo unánime, retirar los derechos parlamentarios al exministro Jose Luis Ábalos después de que se haya confirmado el auto de procesamiento en su contra, lo que implica que dejará de cobrar su sueldo como diputado y no podrá intervenir en las votaciones mientras no se aclare su situación judicial.
Con esta resolución se hace efectivo el artículo 21 del Reglamento de la Cámara Baja, que establece que “los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”.
Después de que el juez Leopoldo Puente ordenara el ingreso en prisión de Ábalos, la Presidencia del Congreso remitió una comunicación al Tribunal Supremo para que certificase formalmente ese encarcelamiento, paso necesario para activar el procedimiento de suspensión del escaño. En su contestación, el Alto Tribunal ratificó que se había acordado “la prisión provisional comunicada y sin fianza” para el exministro, aunque puntualizó que el auto de procesamiento aún no era firme, ya que la defensa lo había recurrido en apelación y la deliberación quedó fijada para el pasado día 4.
Este miércoles, la Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha respaldado la decisión del magistrado instructor de procesar a Ábalos, que permanece en prisión preventiva desde el 28 de noviembre junto a su antiguo asesor ministerial Koldo García, investigados por presuntas irregularidades en los contratos de suministro de mascarillas adjudicados por el Ministerio de Transportes durante la pandemia.
PETICIÓN DE VOTO TELEMÁTICO DESDE PRISIÓN
Pocos minutos después de conocerse el aval del Supremo, el exministro comunicó en su cuenta de ‘X’ que había registrado una solicitud para poder ejercer el voto a distancia acogiéndose al artículo 82.2 del Reglamento del Congreso, que contempla el supuesto de “situaciones excepcionales de especial gravedad”.
Ábalos subrayaba que el precepto no concreta cuál debe ser la causa de esa situación excepcional y defendía que su ingreso en prisión preventiva podría encajar en ese marco. Por ello pidió que se le autorizara el voto telemático mientras conserve la condición de diputado y, según sostiene, mantiene todos sus “derechos, deberes y prerrogativas parlamentarias intactas”.
Horas más tarde, el Tribunal Supremo remitió al Congreso la notificación formal del auto de procesamiento de José Luis Ábalos, lo que llevó a la presidenta de la Cámara, la socialista Francina Armengol, a reunir de urgencia a la Mesa al término del Pleno para aplicar el artículo reglamentario que prevé la suspensión del parlamentario.
CONSECUENCIAS DE LA SUSPENSIÓN
La suspensión implica que Ábalos dejará de percibir las remuneraciones asociadas a su escaño, será dado de baja en la cobertura de protección social sufragada con cargo al Presupuesto del Congreso y quedará excluido de la póliza de accidentes contratada por las Cortes Generales. Además, se reducirá en la parte proporcional la subvención asignada al Grupo Parlamentario Mixto, formación a la que está adscrito.
A la salida de la reunión de la Mesa, el vicepresidente primero, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, se limitó a comentar “Alea jacta est” (La suerte está echada) cuando fue preguntado por la decisión del órgano de gobierno del Congreso. “La mancha negra del sanchismo”, ha señalado, por su parte, el vicepresidente segundo, el ‘popular’ José Antonio Bermúdez de Castro.











