El Congreso avala el decreto que libera de impuestos las ayudas por la DANA y a víctimas de la iglesia

El Congreso valida el decreto que exime de impuestos ayudas por la dana, incendios y abusos en la iglesia e introduce cambios fiscales y financieros.

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El Pleno del Congreso ha dado este miércoles su visto bueno al decreto ley que elimina la carga fiscal sobre las ayudas vinculadas a la dana, a los afectados por incendios forestales y a las víctimas de abusos sexuales en la iglesia, sin registrarse votos en contra y con la única abstención de Vox.

En concreto, la norma aprobada determina que no se integrarán en la base imponible del IRPF ni en la del Impuesto sobre Sociedades determinadas ayudas concedidas por la Comunidad Valenciana a raíz de la dana. A la vez, se declaran exentas en el IRPF ciertas ayudas por daños personales derivados de incendios forestales y otras prestaciones abonadas por entidades sin ánimo de lucro a personas damnificadas por la dana. El mismo tratamiento se aplica a las indemnizaciones satisfechas por la iglesia católica por daños personales causados por abusos.

Además, el decreto contempla la asignación de fondos procedentes de los mecanismos adicionales de financiación a Extremadura, con el fin de cubrir las necesidades derivadas de los gastos extraordinarios asumidos por esta comunidad en respuesta a la situación de emergencia generada por diversos fenómenos meteorológicos adversos.

Reforma de la devolución del gasóleo profesional

Entre las medidas incluidas figura también un ajuste en el sistema de devolución parcial del gasóleo de uso profesional, inicialmente regulado mediante el decreto aprobado para mitigar las consecuencias económicas de la guerra en Irán, cuya redacción original podía ocasionar un perjuicio a los colectivos a los que pretendía favorecer.

Así, el decreto convalidado restablece desde junio el derecho a la devolución de 49 euros por cada 1.000 litros, siempre que la variación del IPC de los carburantes en abril no supere en más de un 15% la inflación registrada en el mismo mes del año anterior.

La norma, defendida en la Cámara por el ministro de Hacienda, Arcadi España, introduce igualmente una corrección técnica sobre la rebaja al 10% del IVA en electricidad, gas y carburantes incluida en el decreto de Irán, prorrogando este tipo reducido hasta el 30 de junio salvo que concurra alguna circunstancia excepcional.

En particular, se amplía el ámbito de aplicación de la medida y se permite que la potencia contratada para acogerse al tipo reducido sea igual a 10 kilovatios (KW), y no únicamente inferior a esa cifra como se había establecido inicialmente.

Por otro lado, el decreto recoge que las víctimas de Adamuz y Gelida podrán acreditar la tragedia como accidente de trabajo a efectos económicos en los procesos de incapacidad temporal. Del mismo modo, se define que las pensiones de incapacidad permanente, viudedad y orfandad derivadas de dicho siniestro tengan la consideración de prestaciones por accidente de trabajo a efectos económicos.

Habilitación al Ministerio de Exteriores y refuerzo de fondos

Asimismo, se pone en marcha un mecanismo de compensación mediante el cual el Ministerio de Exteriores, a través de su servicio exterior, podrá transferir parte de sus excedentes de fondos consulares en efectivo a otros servicios de la Administración General del Estado en el exterior, reduciendo así el impacto de no poder recibir a tiempo los libramientos de fondos desde España para atender las obligaciones de pago.

El decreto también autoriza un crédito extraordinario de 11,33 millones de euros para sufragar actuaciones realizadas por Tragsatec en virtud de encargos formalizados por la vía de emergencia en 2025, destinadas a atender a los afectados por la dana y a la peritación y cuantificación de los daños ocasionados.