La Mesa del Congreso ha reiterado al exministro socialista José Luis Ábalos que no le corresponde cobrar la indemnización prevista por el cese como diputado, al haber solicitado dicha prestación cuando ya tenía suspendidos sus derechos parlamentarios tras su ingreso en prisión por orden del juez que instruye el 'caso Koldo'. Además, le advierte de que esa ayuda económica es incompatible con la pensión de jubilación a la que él mismo ha manifestado que pretende acogerse.
Esta es la contestación del órgano rector de la Cámara Baja al escrito que Ábalos remitió el pasado 19 de febrero. En esa petición, el exdiputado del Grupo Mixto reclamaba que se revisara la negativa inicial a abonarle la indemnización al dejar su escaño, alegando que se había producido "una flagrante vulneración" de sus derechos pasivos como parlamentario, "sin justificación alguna y sin cobertura legal". Con esta nueva resolución desfavorable, se abre la posibilidad de que el exparlamentario acuda en amparo al Tribunal Constitucional.
Según la respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, los servicios jurídicos recuerdan que corresponde al secretario general del Congreso reconocer o no la indemnización por cese a los exdiputados. En el caso de Ábalos, se concluye que no procede su abono porque, en el momento de su renuncia, ya estaba suspendido en el ejercicio de sus derechos, y la pérdida del escaño no implica recuperar unos derechos "que no existían con anterioridad".
Los letrados añaden que la finalidad de esta indemnización es paliar las posibles dificultades en la reincorporación de los diputados a su actividad profesional previa a la política, dado que no tienen derecho a prestación por desempleo. Por este motivo, se establece que es incompatible con la percepción de cualquier otra fuente de ingresos.
En este contexto, los servicios jurídicos destacan que Ábalos no ha manifestado que vaya a carecer de otros ingresos durante el periodo en el que, en su caso, pudiera cobrar la indemnización como exdiputado. Al contrario, subrayan que ya reúne las condiciones para acceder a la jubilación y que él mismo ha expresado públicamente su intención de acogerse a esa pensión.