El Congreso amplía diez años el plazo máximo para contratar con la misma auditora

Las empresas podrán contratar con una sola auditora durante 20 años o 24 años si contrata una segunda firma a partir de los diez primeros

Imagen de archivo del pleno del Congreso de los Diputados.

Pleno del Congreso de los Diputados | CONGRESO

El Congreso ha ampliado diez años más el plazo máximo de una empresa para poder contratar con la misma auditoría. Este cambio legal se ha incorporado al proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2023 a través de una enmienda del PDeCAT pactada con PSOE y Unidas Podemos.

La enmienda aprobada, a la que ha tenido acceso Demócrata, modifica la Ley de Auditoría de Cuentas para ampliar de 4 a 14 años el período de prórroga con el que cuenta una empresa para seguir teniendo contratado a la misma sociedad de auditoría, una vez finaliza el período total de contratación máximo de 10 años.

La prórroga, eso sí, está condicionada a que esta labor de auditoría se realice de forma simultánea con al menos otra sociedad para actuar conjuntamente en este período adicional, un requisito ya establecido con la todavía vigente prórroga de cuatro años.

Sólo podrá seguir la misma en solitario si gana un concurso

Sin embargo, la enmienda también habilita a las empresas a poder seguir contratando con la misma empresa en solitario durante diez años más, aunque siempre que esta contratación se realice a través de una convocatoria pública de ofertas, conforme a la regulación europea sobre esta materia.

Esta convocatoria deberá estar organizada y supervisada por el Comité de Auditoría de la entidad auditada, revisada y aprobada, en su caso, por el Consejo de Administración y sometida a la aprobación de la Junta General de Accionistas, sujeta a la posibilidad de inspección y revisión de los supervisores públicos.

En la votación en el Pleno del Congreso, la enmienda se aprobó con el apoyo del PSOE, Unidas Podemos, Esquerra Republicana, PNV, PDeCAT, Coalición Canaria y Teruel Existe, sin ningún grupo en contra. El PP, Ciudadanos, EH-Bildu, Junts, Más País-Equo, la CUP, BNG y Foro Asturias optaron por la abstención.

Trasposición «incompleta e inadecuada»

Desde el PDeCAT justifican este cambio en que la trasposición española de este reglamento europeo se realizó «de manera incompleta e inadecuada», siendo España «el único país que traspuso la directiva obligando a las empresas a una prórroga de cuatro años».

Y es que, esgrimen desde esta formación, la legislación comunitaria contempla un plazo máximo de 14 años, por lo que las empresas españolas, aseguran, se encuentran con un régimen diferenciado al del resto de países que dificultaría su gestión.

Teniendo en cuenta de que la normativa se aprobó en 2014 y la directiva se traspuso en España en 2015, las primeras prórrogas empezarían a aplicarse según esta normativa en 2025, por lo que justifica la alineación de la normativa con la antelación suficiente para convocara los concursos.

Por otro lado, consideran que los cuatro años de prórroga en España restringen el desarrollo de la opción de auditoría conjunta, una opción que facilitaría la entrada y el crecimiento de nuevas firmas en el sector, aumentando la competitividad del mismo.

Respecto a la opción de permanecer un tiempo más con la misma firma, el PDeCAT justifica que las empresas puedan mantener una estabilidad en el control externo de las cuentas tras varios años de incertidumbre por la pandemia de Covid-19 y la guerra de Ucrania, si bien destacan que esta opción permite un proceso más competitivo a la hora de seleccionar la firma.

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