Formación obligatoria y mayor conciliación, las claves de la Ley de Función Pública

Demócrata accede en primicia al borrador de la Ley de Función Pública. Consulte el texto y conozca las claves del proyecto de ley que llegará al Congreso en los próximos días.

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, este lunes en Toledo | EFE/Ismael Herrero

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros extraordinario el proyecto de ley de Función Pública comprometido con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que pretende, según ha anunciado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, modernizar la administración y actualizar las medidas más relevantes del Estatuto Básico del Empleado Público. Demócrata ha tenido acceso al borrador de la ley, a fecha 28 de febrero, y las principales novedades son:

Evaluación obligatoria

La formación de los empleados públicos será obligatoria. También la evaluación continua para los empleados públicos, aunque el texto de momento no contempla sanciones y tampoco establece un procedimiento único de evaluación. El proyecto se limita a marcar unos principios orientativos sin mayor concreción. Además, se aborda por primera vez que las necesidades de personal de la Administración estén determinadas por las políticas públicas a llevar a cabo. Otra novedad es que el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) pasará de ser un organismo autónomo a una agencia estatal especializada en formación para los empleados públicos.

Igualdad y conciliación

El borrador incluye todo un capítulo dedicado a incorporar criterios de igualdad en cada ministerio con la consolidación de las unidades de cada cartera. Según el último borrador, la norma ampliará los plazos para la excedencia destinada al cuidado de familiares por enfermedad y la posibilidad de acumular en jornadas completas la reducción de jornada de hasta el 50%. Es decir, si el empleado público pide una reducción de jornada, puede acumularse en días completos.

Además, se reduce de 10 a 4 años el periodo de tiempo para solicitar la movilidad entre administraciones.

La provisión temporal de puestos sustituye a la actual comisión de servicios. Se derogan la excedencia forzosa, la excedencia voluntaria incentivada y la de expectativa de destino.

La ley insta a desarrollar políticas que aseguren el relevo intergeneracional, orientadas a la captación de talento diverso y a la inclusión de grupos infrarrepresentados.

Excedencias

Otra novedad es la figura de la provisión temporal de puestos, que sustituye a la actual comisión de servicios. Sólo podrá durar un año, plazo en el que deberá cubrirse el puesto con carácter definitivo. Se derogan la excedencia forzosa, la excedencia voluntaria incentivada y la de expectativa de destino.

Más plazas y más rápido

Las convocatorias de oposiciones deberán realizarse en el mismo año natural de la oferta de empleo público. Además, se aumenta al 30% el mínimo de plazas reservadas a promoción interna.

Nuevos incentivos

Hay dos complementos retributivos nuevos, el llamado de desempeño, que sustituye al de productividad, y el complemento de carrera, que retribuye el empleado público según vaya progresando en su carrera profesional.

Promoción FP

Se crea una nueva categoría de grupo B para los titulados de formación profesional (FP) con funciones específicas análogas a su titulación. La ley eleva su rango y las plazas saldrán en función de sus titulaciones.

A QUIÉN SE APLICA Y ENTRADA EN VIGOR

El texto afectará a la Administración General del Estado, Organismos Autónomos, Entidades Gestoras de la Seguridad Social, Entidades Públicas Empresariales, Agencias Estatales, demás entes de derecho público, los autoridades administrativas independientes y universidades públicas no transferidas (la UNED y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo).

El anteproyecto, recién aprobado por el Gobierno, se remitirá ahora al Congreso de los Diputados, donde iniciará su tramitación parlamentaria. Se hará por la vía de urgencia, lo que en principio reducirá todos los plazos a la mitad. La previsión es que la ley, una vez aprobada, entre en vigor a los seis meses desde su publicación en el BOE. 

Consulte el texto completo del último borrador del anteproyecto de ley de la función pública

Personalizar cookies