La intensa agenda legislativa del vicepresidente Cuerpo: reformas en mercados de capitales, crédito al consumo y sector asegurador

Economía prevé elevar al Consejo de Ministros siete proyectos de ley, varios de los cuales ya han sido examinados en primera vuelta

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el vicepresidente y ministro de Economía, Carlos Cuerpo César Vallejo Rodríguez - Europa Press

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Ni su nombramiento como vicepresidente primero del Gobierno ni el monumental atasco legislativo en el Congreso frena al ministro Carlos Cuerpo.

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa prevé elevar al Consejo de Ministros siete proyectos legislativos en lo que queda de año, un paquete que aspira dar un buen revolcón regulatorio al sector financiero, centrado, eso sí, en la trasposición de normativa europea.

Encima de la mesa están dos reformas en el marco asegurador, la nueva regulación del crédito al consumo, el régimen de infracciones y sanciones al sistema europeo de planes de pensiones privados y una reforma a varias bandas de los mercados de capitales.

MERCADOS DE CAPITALES

Se trata de un paquete de trasposiciones de varias normas comunitarias dirigidas a mejorar el acceso de pymes e inversores minoristas a los mercados de capital:

  • Paquete listing Act
  • Paquete MiFID/MiFIR
  • Directivas AIFMD/UCITS
  • Paquete EMIR 3.0

Economía publicó en marzo el anteproyecto de la norma al sacarla a audiencia pública, con modificaciones para facilitar el salto de las empresas al parqué. Por ejemplo, con la figura de las acciones de voto plural, que permiten el control de las empresas por parte de sus fundadores pese a la entrada de nuevos accionistas, o un umbral más elevado para la obligación de elaborar folleto informativo en emisiones puramente nacionales (pasaría de 8 a 12 millones).

La norma persigue también una mayor integración de los mercados financieros españoles con los del resto de la Unión Europea y habilita a los centros de negociación para interrumpir o limitar temporalmente la negociación en situaciones de emergencia, más allá de fluctuaciones significativas de precios.

Junto a las trasposiciones, el Ministerio aprovechará para flexibilizar obligaciones de las cotizadas, en una revisión que abarcará estas normas:

  • Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva
  • Decreto-ley 5/2005 de impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública
  • Decreto Legislativo 1/2010 de texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
  • Ley 22/2014 de entidades de capital-riesgo, inversión colectiva de tipo cerrado y gestoras de entidades de inversión colectivo de tipo cerrado
  • Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial
  • Ley 6/2023 de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión

CRÉDITO AL CONSUMO

También traspondrá directivas europeas –Directiva 2023/2225 relativa a créditos al consumo y Directiva 2023/2673 relativa a contratos de servicios financieros celebrados a distancia—y buscará una reforma integral en este sector. Su anteproyecto fue aprobado en el primer Consejo de Ministros del año.

La reforma prevé acotar la concesión de créditos al consumo a entidades que cuenten con autorización del Banco de España y estén supervisadas –en caso contrario, estos créditos estaría libres de interés—y fijar un tipo de interés máximo, decreciente conforme aumente el importe de crédito y vinculado al tipo de interés medio.

Otras novedades son mayores exigencias de transparencia y de protección a los consumidores, entre ellas la limitación de los microcréditos, que exigen tipos elevados en un plazo de reembolso muy reducido. El anteproyecto fijaba una comisión máxima de 30 euros y un período mínimo de reembolso de tres cuotas mensuales, además de otras obligaciones y garantías para impedir abusos.

DIGITALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO

Su anteproyecto fue examinado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2024

La previsión del Gobierno es desarrollar el régimen sancionador de la norma europea de ciberseguridad (DORA), trasponer normas sobre prevención del blanqueo de capitales en la utilización de criptoactivos, actualizar la normativa de servicios y sistemas de pagos, establecer obligaciones en el despliegue del Punto de Acceso Único Europeo (ESAP) y simplificar el acceso y funcionamiento del conocido como ‘sandbox’ financiero.

El Ministerio elevó una primera versión al Consejo de Ministros en diciembre de 2024.

SECTOR ASEGURADOR

Economía prevé elevar al Consejo de Ministros dos proyectos (y tres desarrollos reglamentarios) para acometer cambios en el sector asegurador.

Por un lado, la trasposición de la Directiva 2025/1 sobre recuperación y resolución de aseguradoras y reaseguradoras, integrando la nueva función de resolución en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y los instrumentos de intervención.

Por otro, la trasposición parcial de la Directiva 2025/2 en materia de supervisión, presentación de información, instrumentos macroprudenciales y medidas de garantía a largo plazo. También incorpora nuevos tipos infractores aplicables a expertos independientes revisores de la situación financiera y solvencia de las entidades y modifica el régimen sancionador aplicable a las reaseguradoras.

Finalmente, también espera completar la Ley 5/2025 de reforma del aseguramiento en la circulación de vehículos con la aprobación de dos decretos: el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil de los vehículos personales ligeros y la modificación del Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

BASILEA III – FUSIONES BANCARIAS

Trasposición de la Directiva 2024/1619 para completar el marco prudencial bancario aprobado por el Comité de Basilea en 2017, también conocido como Basilea III. Se trata de la Sexta Directiva sobre requisitos de capital (CRD 6) y actúa en cuestiones de supervisión y gobernanza, las obligaciones sobre sucursales de entidades de terceros países.

En materia de supervisión, está por ver cómo incorpora al derecho comunitario las obligaciones de independencia de la autoridad supervisora a la hora de determinar operaciones significativas de compra de participaciones, fusiones y escisiones, habida cuenta de las competencias que se reserva el Gobierno en la legislación nacional.

Prevé modificaciones en:

  • Ley de cooperativas de crédito
  • Decreto-ley de creación del Fondo de Garantía de Depósitos
  • Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito
  • Ley de Auditoría de Cuentas
  • Ley de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión

PLANES DE PENSIONES PRIVADOS EUROPEOS

Completa el Reglamento 2019/1238 sobre un sistema europeo de pensiones individuales con el régimen de infracciones y sanciones a aplicar sobre las obligaciones previstas en esta norma.