El cambio legal para reducir la jornada de trabajo por primera vez en 42 años dio un paso más esta semana. El Consejo de ministros validó el martes el anteproyecto de ley presentado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, tras el acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT.
La norma (o futura norma), en todo caso, no ha sido enviada aún al Congreso. Fue aprobada, como coloquialmente se conoce, ‘en primera vuelta’.
Ahora inicia un camino hasta su aprobación ‘en segunda vuelta’ por el Consejo de ministros para enviar el texto al Congreso, ya como proyecto de ley, e iniciar ahí su tramitación parlamentaria.
Audiencia pública ya superada
El cauce habitual de una propuesta legislativa del Gobierno es que, una vez el ministerio proponente, en este caso Trabajo, presenta un borrador –anteproyecto– para su validación por parte del Consejo de Ministros, el texto sea sometido a audiencia pública para recibir aportaciones, esta vez en base a su propuesta.
Sin embargo, el departamento que dirige Yolanda Díaz ya sacó a audiencia pública un borrador el texto el viernes 20 de diciembre, días antes de Navidad. El plazo para presentar aportaciones terminó el 2 de enero.
A la propuesta le acompaña una memoria de análisis de impacto normativo (MAIN), con una memoria justificativa y una evaluación de las consecuencias económicas, presupuestarias, administrativas y de género, entre otras cuestiones.
Esta memoria se completará con el informe preceptivo de la Secretaría General Técnica del ministerio proponente para evaluar la necesidad y oportunidad de la reforma.
¿Qué informes son necesarios?
A partir de ahora, el anteproyecto inicia un período de examen por parte de diferentes departamentos del Gobierno, órganos consultivos y organizaciones que deberán pronunciarse.
Para llegar de vuelta al Consejo de ministros, el anteproyecto deberá ser completado con una serie de informes y dictámenes previstos en el ordenamiento jurídico.
En el caso de la Ley 50/1997 del Gobierno, se prevén los informes de los ministerios implicados (art. 26.5), especificando Trabajo en la MAIN que acompaña al texto que solicitará la valoración al de Economía, Comercio y Empresa, y al de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. No obstante, otros departamentos pueden pronunciarse al respecto.
La Ley del Gobierno también prevé el análisis del Ministerio de la Presidencia (art. 26.9) para analizar la calidad técnica y rango de la propuesta, su congruencia con el ordenamiento jurídico, la necesidad de incluir la derogación expresa de normas, o de refundir otras existentes, entre otras cuestiones.
Este informe es realizado por la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa.
También es obligatorio el dictamen del Consejo Económico y Social, de acuerdo con la Ley 21/1991 de creación de este organismo (art.7.1).
Otros informes que completarán el expediente son los emitidos por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y las autoridades laborales de las comunidades autónomas.
Finalmente, la MAIN presentada por Trabajo prevé el dictamen del Consejo de Estado, preceptivo en determinados supuestos según la ley que regula el funcionamiento de este organismo, al que en todo caso el Gobierno puede solicitar pronunciamiento.
¿En cuánto tiempo podrá ser enviada a las Cortes?
Para agilizar la emisión de informes y acelerar su llegada al Congreso, el Gobierno ha aprobado su tramitación por la vía de urgencia, lo que acorta a la mitad todos los tiempos.
La previsión del Ministerio de Trabajo es que el anteproyecto pueda volver al Consejo de Ministros a finales de febrero o principios de marzo. En todo caso, hay que tener en cuenta el componente de oportunidad política que determina la elección de los temas a discusión.
Una vez que vuelva, el Ejecutivo aprobará el texto como proyecto de ley y será enviada a las Cortes Generales, con la previsión de solicitar también al Congreso su tramitación por la vía de urgencia. La decisión compete a la Mesa de la Cámara Baja.