El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha difundido la orden que establece la composición, las competencias y la operativa del Comité de Integridad y Antifraude del Ministerio de Sanidad, un órgano que se nutrirá exclusivamente de recursos propios del departamento y que, por tanto, no implicará un aumento del gasto público.
Con la entrada en vigor de la norma este viernes, la presidencia del Comité de Integridad y Antifraude recaerá en la persona que ostente la Jefatura del Gabinete Técnico de la Subsecretaría y estará integrado por trece vocalías en representación de distintos órganos del Ministerio de Sanidad y del Observatorio contra el Fraude y la Corrupción Sanitaria.
En relación con sus funciones respecto a los Fondos Europeos recibidos por España, el Comité será el encargado de aprobar el modelo de evaluación del riesgo para los intereses financieros de la Unión Europea y de revisar, cuando proceda, la identificación de los indicadores de riesgo. Igualmente, supervisará el respeto de los principios transversales asociados a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), incluyendo las tareas de seguimiento, control y gestión.
Entre sus cometidos figura también la posibilidad de proponer la aprobación de un plan de control interno y de evaluación de su cumplimiento, así como de fijar un sistema de muestreo que resulte adecuado para verificarlo. Este órgano asumirá, además, el seguimiento, la evaluación, la revisión y, en su caso, la propuesta de actualización del Plan de medidas antifraude que se consideren precisas, junto con el diseño del procedimiento para recuperar los importes abonados indebidamente.
En el ámbito del Sistema de Integridad, el Comité se ocupará del seguimiento e impulso de las medidas dirigidas a la implantación continua del Sistema de Integridad del Ministerio, en coherencia con el Sistema de Integridad de la Administración General del Estado (SIAGE). Asimismo, gestionará el sistema interno de información del departamento y tendrá conocimiento de las resoluciones dictadas en los expedientes tramitados.
El órgano será también responsable de tramitar las consultas que lleguen a través del buzón de ética institucional del Departamento y de plantear la adopción de las medidas oportunas en relación con las cuestiones éticas que se le trasladen. Del mismo modo, velará por el cumplimiento del Código Ético y de Conducta del Ministerio de Sanidad, promoviendo acciones formativas específicas sobre este instrumento.
Régimen de funcionamiento del Comité
El Comité de Integridad y Antifraude actuará en pleno y mediante grupos de trabajo, con el propósito de agilizar sus tareas. Estos grupos se constituirán mediante un acuerdo expreso adoptado por mayoría de los miembros del Comité y tendrán la composición que se determine en dicho acuerdo constitutivo.
El pleno del Comité celebrará, como mínimo, una sesión ordinaria al año, cuya convocatoria corresponderá a la persona titular de la presidencia y será comunicada por la secretaría del órgano. Cuando existan asuntos que lo justifiquen, la presidencia podrá decidir la celebración de sesiones extraordinarias, que igualmente serán notificadas por la secretaría.
El Comité se considerará válidamente constituido cuando asistan la persona titular de la presidencia y la secretaría, o quienes les sustituyan, así como al menos la mitad de sus integrantes. En este marco, los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos y, si se produjera un empate, el voto de la Presidencia tendrá carácter dirimente.
Las deliberaciones y los acuerdos alcanzados en el seno del Comité quedarán recogidos en las correspondientes actas, que serán custodiadas por la persona titular de la Secretaría.
Política de integridad en Sanidad
El Ministerio de Sanidad subraya que en los últimos años ha avanzado en la puesta en marcha de una política de integridad efectiva, tanto en el propio Departamento y sus entidades dependientes como en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
En esta línea, recuerda la aprobación en 2022 del Plan de Medidas Antifraude, destinado a garantizar el respeto de la normativa y el uso adecuado de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Asimismo, pone en valor la creación en 2024 del Observatorio contra el Fraude y la Corrupción Sanitaria como órgano específico encargado del diseño, desarrollo y seguimiento de todas las actuaciones previstas en el Plan Estratégico contra el Fraude y la Corrupción en el ámbito sanitario. En este contexto, también destaca la aprobación, de forma independiente, del Código Ético y de Conducta del Ministerio de Sanidad.