Cuatro años de internamiento psiquiátrico para un hombre que intentó matar a otro en Vilagarcía

La Audiencia de Pontevedra ordena cuatro años de internamiento psiquiátrico para un hombre que intentó matar a otro en Vilagarcía por un brote paranoide.

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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado sentencia contra Antonio C., al que considera autor confeso de un delito de asesinato con alevosía en grado de tentativa. El tribunal aprecia la eximente completa de anomalía psíquica y sustituye la pena de prisión por su ingreso en un centro psiquiátrico durante cuatro años. La Fiscalía había reclamado en un inicio 13 años de cárcel.

El procedimiento quedó resuelto este jueves mediante un acuerdo entre las partes, que han mostrado su conformidad con el fallo y han renunciado a interponer recurso. De este modo, la resolución, pronunciada en la sala “in voce”, adquiere firmeza desde el mismo momento en que se dicta.

Además del internamiento, la Audiencia establece como medida de seguridad la prohibición de que el condenado se acerque o mantenga cualquier tipo de contacto con la víctima durante 14 años. Deberá respetar una distancia mínima de 500 metros respecto a la persona agredida, su vivienda o cualquier lugar donde esta se encuentre.

En el ámbito de la responsabilidad civil, el procesado tendrá que abonar a la víctima una indemnización de 8.345 euros por las lesiones sufridas, las secuelas derivadas, la intervención quirúrgica y los daños estéticos. También se le impone el pago de 592 euros al Sergas por los gastos sanitarios generados.

Durante la vista oral, el acusado admitió sin reservas los hechos que se le atribuían y manifestó su conformidad con la pena y las medidas acordadas por el tribunal.

Trastorno paranoide y consumo de cocaína

Las forenses del Instituto de Medicina Legal de Galicia (IMELGA) expusieron ante la sala sus conclusiones periciales sobre la imputabilidad del acusado. En sus informes señalan que padece un trastorno paranoide con ideas delirantes, cuadro que se ve empeorado por el consumo de cocaína. Este diagnóstico fue corroborado por el psiquiatra que le atiende en el Centro Penitenciario de A Lama.

Como consecuencia de esta patología, el acusado “actúa en función de una creencia falsa” y “su comprensión de los hechos está profundamente alterada”. Las especialistas subrayaron que precisa tratamiento farmacológico, seguimiento psiquiátrico continuado y “un abandono total de las drogas”.

Igualmente, las peritos consideran imprescindible que el tratamiento médico se mantenga incluso de manera involuntaria, dado que el procesado no tiene conciencia de su enfermedad.

Los hechos probados

Según el relato de hechos probados, asumido por el acusado, la agresión tuvo lugar en la noche del 14 de septiembre de 2024 en el exterior de un bar de Vilagarcía de Arousa. Sobre las diez de la noche, el hombre, de 38 años, acudió al local al que solía ir la víctima, de 54 años, con el propósito de acabar con su vida.

Ambos se encontraban fumando fuera del establecimiento cuando, de forma súbita, el agresor sacó una navaja, la colocó en el cuello de la víctima y le dijo “te voy a matar”, para acto seguido asestarle dos puñaladas.

El ataque le provocó heridas graves en la lengua, la cavidad bucal y el hombro izquierdo. Los partes médicos detallan secuelas permanentes, entre ellas cicatrices en la lengua y un perjuicio estético leve.

La víctima había figurado como uno de los principales sospechosos del asesinato del padre del ahora condenado, Ramón C.C., cuyo cuerpo apareció tiroteado y calcinado en 1998. Llegó a ser condenado por aquel crimen junto a Severino Padín Leiro, aunque solo permaneció dos años en prisión, después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) determinase que no había pruebas de cargo suficientes contra él. El móvil de aquel homicidio nunca se esclareció, si bien se relacionó con el narcotráfico.