Diecisiete años de prisión para una pareja por maltratar y agredir sexualmente a la hija de ella

La Audiencia de Granada condena a una pareja a 17 años de cárcel por años de malos tratos y agresiones sexuales a la hija de ella.

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Varios furgones de la Policía Nacional en la Real Chancillería de Granada con motivo de un juicio. Archivo. EUROPA PRESS

Varios furgones de la Policía Nacional en la Real Chancillería de Granada con motivo de un juicio. Archivo. EUROPA PRESS

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La Audiencia de Granada ha impuesto penas que suman 17 años de cárcel a una pareja por los malos tratos y las agresiones sexuales continuadas sufridas por la hija de ella durante el tiempo en que, siendo menor, convivió con ambos en la vivienda familiar.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se describe un escenario de violencia continuada desde que la niña tenía alrededor de seis años, que se agravó a partir de los 13 con frecuentes agresiones sexuales por parte de la pareja de su madre.

La madre se encontraba en la casa cuando se produjeron muchos de estos abusos y, pese a conocer lo que estaba ocurriendo, “no hizo nada para impedirlo”. Por ello se le impone la misma pena que al agresor: 15 años de prisión, a los que se añaden otros dos años por los malos tratos habituales que ambos ejercieron sobre la menor.

El fallo, contra el que cabe recurso, da por acreditado que la pareja se dirigía a la niña de forma vejatoria desde los seis años, con insultos y golpes de manera reiterada. Nunca fue llevada al médico y, ante terceras personas, justificaban las lesiones alegando supuestas caídas.

Al cumplir los 13 años comenzaron los tocamientos y las agresiones sexuales del padrastro, que se prolongaron hasta que la víctima alcanzó la mayoría de edad. Coincidiendo con una última agresión el día del cumpleaños de su madre, la joven decidió que “eso no ocurriría más”, abandonó el domicilio y, meses después, presentó denuncia.

El tribunal detalla que en numerosas ocasiones la progenitora estaba en la vivienda y veía cómo su pareja “se encerraba en el dormitorio” con la niña, que le había contado repetidamente lo que sucedía.

La menor llegó a manifestarle que su marido era “un monstruo”, que le había “violado” y que le estaba “arruinado la vida”, sin que la madre “tomase decisión alguna para impedir que continuase la situación”.

En una ocasión en que la menor temió estar embarazada, ambos la agredieron físicamente hasta que comenzó a sangrar de forma abundante, un “sangrado que duró varios días acompañado de fuertes dolores”. A raíz de todo lo ocurrido, la víctima continúa en tratamiento psicológico. Además, los condenados deberán abonarle 60.000 euros en concepto de daños morales.

La Sala resalta que la declaración de la joven, practicada como prueba preconstituida y reproducida en el juicio, evidencia “una coherencia y una sinceridad que solo puede estar basado en la propia experiencia de la denunciante”.

La víctima relató también que en la vivienda “desde pequeños plantaban marihuana, vendían droga y nadie quería hablar nada”. Explicó que se automedicaba con tranquilizantes y que nunca quisieron llevarla al médico ni al psicólogo porque, según su testimonio, sabían que si iba “contaría la verdad de lo que pasaba”.

La Audiencia de Granada concluye que su testimonio es suficiente, por sí solo, para sustentar la condena de ambos procesados, tanto por el delito de malos tratos habituales como por el delito de agresión sexual cometido por el padrastro.

En relación con la madre, la Sala subraya que la comisión del delito contra la libertad sexual le resulta “imputable también en concepto de autoría, puesto que tenía la posición de garante respecto a su hija, menor de edad cuando comenzaron las agresiones, y conociendo las continuas agresiones de las cuales era víctima no hizo nada por impedirlo”.

Además de las penas de prisión, la Audiencia les impone la prohibición de comunicarse o acercarse a la joven durante 20 años y, una vez cumplan la condena, deberán someterse a seis años de libertad vigilada.