Diez años de prisión por agredir sexualmente a una menor empleada en su pizzería

La Audiencia de Granada condena a diez años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una menor de 14 años que trabajó en su pizzería.

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Real Chancillería de Granada, en imagen de archivo EUROPA PRESS/ARCHIVO

Real Chancillería de Granada, en imagen de archivo EUROPA PRESS/ARCHIVO

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La Audiencia de Granada ha impuesto una pena de diez años de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual contra una menor que trabajó de forma puntual en la pizzería que regentaba cuando tenía 14 años, y con la que llegó a mantener relaciones sexuales "reiteradas" en su domicilio.

La resolución judicial, dictada por conformidad y a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce tras el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía, la Junta de Andalucía y la defensa, en virtud del cual el procesado admitió los hechos, aceptó la condena solicitada y se evitó la celebración de la vista oral.

Los hechos se sitúan en el verano de 2022, cuando la víctima, de 14 años entonces, realizó trabajos esporádicos en la pizzería del condenado. Después de esa etapa laboral, ambos continuaron en contacto hasta el mes de noviembre de ese mismo año.

Durante ese tiempo se reunían en la vivienda del acusado y, en ese contexto, mantuvieron relaciones sexuales completas "en reiteradas ocasiones". Como consecuencia de estos encuentros, la menor quedó embarazada y posteriormente se sometió a un aborto cuando cursaba la novena semana de gestación.

La Audiencia Provincial ha declarado al hombre responsable de un delito de agresión sexual a menor de 16 años y le ha impuesto diez años de cárcel, así como cuatro años de libertad vigilada que se cumplirán tras su excarcelación.

Además, la sentencia establece la prohibición de acercarse a la joven a menos de cien metros, así como de mantener cualquier tipo de comunicación con ella durante un periodo de 15 años. Igualmente, se fija una indemnización a favor de la víctima por importe de 10.000 euros.

Junto a estas penas, el tribunal acuerda su inhabilitación especial durante quince años para ejercer cualquier profesión, trabajo u ocupación, remunerados o no, que implique trato directo y habitual con menores.