El magistrado Manuel Turmo Peña, responsable del Juzgado número 2 de la sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Teruel, ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias seguidas contra la ex jefa de gabinete de la vicepresidencia primera de la Diputación Provincial de Teruel, María Nieves Sánchez Esteban. A la ex alto cargo se le atribuían presuntos delitos contra la Administración Pública, de negociaciones y actividades prohibidas a funcionario o tráfico de influencias, prevaricación administrativa y fraude a la Administración, que ahora quedan sin recorrido penal en esta fase.
En el auto, el juez razona que "el proceso penal no puede iniciarse sobre meras conjeturas acerca de una intervención indirecta no descrita, ni sobre la sola sospecha", y añade que "no se aporta un relato fáctico con entidad bastante para afirmar, siquiera en términos iniciales, la existencia de indicios racionales de criminalidad imputables a la denunciada". Por ello considera que la denuncia "carece del soporte indiciario mínimo exigible para justificar la apertura y mantenimiento de unas diligencias penales" y concluye que "es improcedente acordar diligencias encaminadas a comprobar si existen los elementos típicos del delito cuya ausencia se reconoce en el propio escrito".
El instructor también señala que "la denuncia no aporta indicios de manipulación del procedimiento o cualquier otro dato objetivo que permita apuntalar una imputación penal ni tan siquiera indiciariamente", según ha comunicado este lunes el TSJA mediante una nota de prensa.
Apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el juez recuerda "que no es posible iniciar procesos penales para investigar en general a una persona, un ámbito profesional o un fenómeno, por más reprochables que pudieran parecer y que solo cabe seguir un proceso penal cuando existan indicios de comisión de una infracción penal". Asimismo, precisa que un procedimiento penal planteado como "inquisición general" resulta incompatible con la Constitución.