El Supremo ratifica la pena para tres miembros de una banda neonazi por una brutal paliza a un hombre en León

El Supremo confirma dos años y medio de cárcel para tres neonazis por una violenta paliza en León que califica como "una verdadera cacería".

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Fachada de la sede del Tribunal Supremo, a 26 de septiembre de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha ratificado la pena de dos años y seis meses de prisión impuesta a tres miembros de una banda neonazi por agredir en hasta cuatro ocasiones, durante una misma noche, a un hombre en León.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal subraya que "no existe la menor duda de que los hechos contenidos en el cuadro probatorio revisten una trascendencia indudable", destacando su "perversidad" y "brutalidad", y desestima el recurso de casación interpuesto por los condenados.

Los hechos ocurrieron en 2019, cuando integrantes de un grupo "de extrema derecha y nazi" atacaron a un hombre a la salida de un pub, "dándole varios puñetazos en la cabeza y patadas en el cuerpo", después de que la víctima hubiera protagonizado un altercado previo con otra persona.

El agredido consiguió escapar junto a un amigo, pero el grupo le dio alcance en otras tres ocasiones, volviendo a golpearle por todo el cuerpo. Según la sentencia de la Audiencia Provincial de León, el hombre llegó a caer al suelo y a sangrar por la cabeza, y los procesados fueron condenados, además de a la pena de prisión, a abonar 18.000 euros en concepto de indemnización.

En el último ataque, los agresores le produjeron un corte en la cara con un arma blanca mientras dos de las condenadas gritaban: "Matadle, matadle, que no respire, hasta que quede muerto, lo matáis".

Tras esa última acometida, la víctima perdió el conocimiento, "quedando tendido en el suelo mientras los agresores lo dejaron tirado y abandonado en el lugar", recogen los magistrados.

Violencia continuada y uso de arma blanca

La Sala de lo Penal del Supremo resalta "las graves circunstancias" que concurren en el caso: "Agresiones reiteradas a una misma persona, hasta en cuatro ocasiones", "lesiones causadas en varias partes del cuerpo de la víctima, entre ellas en un órgano tan importante como es la cabeza que alberga el cerebro", además de la fractura de cuatro piezas dentales.

El fallo también incide en los "reiterados puñetazos y patadas e, incluso, el empleo de un arma blanca", así como en la "persecución por varias vías públicas y el alcance de la víctima por los acusados con la intención de la continuación de las agresiones, a pesar de los intentos de esta de huir corriendo de los agresores".

Los jueces ponen el acento igualmente en "el abandono de la víctima en el suelo cuando había perdido el conocimiento y sangraba abundantemente por la cabeza y después de haberle cortado la cara con un arma blanca", precisando que eran "las 4.45 horas de la madrugada", lo que evidencia que "la voluntad de los agresores era de incrementar, más si cabe, el sufrimiento de la víctima y las consecuencias derivadas de las lesiones causadas".

"Una verdadera cacería" y pena cercana al máximo

Para el Supremo, todas estas notas ponen de manifiesto "la especial perversidad de los acusados, su gran peligrosidad, su indudable intención reiterativa de atentar contra la integridad o salud del denunciante y la brutalidad de su conducta delictiva".

En consecuencia, considera que "la respuesta legal a la gravedad de estas circunstancias" ha de ser "pena cercana a su máxima extensión, es decir, en dos años y seis meses de prisión".

"Desde luego, no estamos aquí en presencia de una simple agresión que podría justificar la imposición de una sanción penal inferior. No, no, aquí nos encontramos ante varias agresiones cometidas por los acusados y otras personas del mismo grupo", señalan los magistrados.

Añaden que actuaron "actuando de mutuo acuerdo, que persiguieron a la víctima por varias calles, que le dieron alcance cuando intentaba huir de ellos, y que le dejaron abandonado en la calle cuando sangraba abundantemente y había perdido el conocimiento, lo que justifica la imposición de la pena impuesta".

De este modo, remarcan que no se trató de "una simple agresión", sino de "una verdadera cacería que debe ser sancionada penalmente más allá de la pena mínima prevista por la norma" para el delito de lesiones.