El TSJ de Cataluña reduce a cuatro años la pena a dos mossos por agresión y detención ilegal a un joven en 2020

El TSJC reduce de 7 a 4 años la condena a dos mossos, absuelve a un tercero y mantiene otra pena por agresión y detención ilegal a un joven en 2020.

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Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), a 7 de agosto de 2024, en Barcelona, Catalunya (España) David Zorrakino - Europa Press

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), a 7 de agosto de 2024, en Barcelona, Catalunya (España) David Zorrakino - Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido disminuir de 7 a 4 años la pena de cárcel impuesta a dos agentes del Área Regional de Recursos Operativos (Arro) de los Mossos d'Esquadra por la agresión y detención ilegal de un joven el 13 de noviembre de 2020, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En la misma resolución, el tribunal deja sin efecto la condena a un tercer mosso, que había sido sentenciado a 3 años de prisión por un delito de falsedad documental, mientras que mantiene para un cuarto agente la pena de 1 año de prisión por un delito contra la integridad moral.

El TSJC resuelve así los recursos de apelación presentados contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, ratificando el relato de hechos probados y la indemnización de 14.466 euros a la víctima por los delitos de lesiones, detención ilegal y contra la integridad moral, aunque reduce la duración de la pena privativa de libertad asociada a este último delito.

Los hechos se remontan al 13 de noviembre de 2020, cuando uno de los agentes dio el alto a un joven en el barrio del Raval de Barcelona alegando que se encontraba en la vía pública durante el toque de queda. A continuación, el cabo al mando del dispositivo lo agredió y lo redujo físicamente, mientras el resto de agentes implicados no intervinieron para evitarlo.

La actuación policial fue grabada por una vecina y, según subraya el TSJC, “hablan por sí solas”, ya que la violencia empleada contra la víctima, sin que fuera necesaria, vulneró su derecho a la integridad moral y constituyó, en palabras del tribunal, un abuso policial.