El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la resolución de la Audiencia Provincial de Cádiz que impone a un hombre una pena de 13 años y medio de prisión por maltratar y violar a su pareja en Jerez de la Frontera durante los dos meses que se mantuvo la relación. En ese periodo la coaccionó, le causó lesiones, la amenazó con un cuchillo, la golpeó con un palo y la violó en varias ocasiones. Además, el acusado ya había sido condenado anteriormente en Melilla por un delito de maltrato.
De acuerdo con la sentencia, recogida por Europa Press, el acusado y la víctima mantuvieron una relación entre octubre y diciembre de 2021. Al principio convivieron en la vivienda de la madre de ella, después se trasladaron a un albergue municipal, más tarde pasaron a una obra en una calle de Jerez, donde permanecieron unos días, luego se alojaron en una vivienda con una pareja y, finalmente, regresaron de nuevo a la obra.
Durante ese tiempo, el hombre, según la resolución judicial, “golpeó con frecuencia en distintas partes del cuerpo” a la víctima, con “puñetazos, guantazos, golpes con la culata de una pistola, con un palo, y la atemorizaba exhibiéndole una catana y una pistola, con la finalidad de que accediera a sus exigencias y permaneciera con él, impidiendo así que durante varios días la víctima abandonara la vivienda que ocupaban juntos”.
Asimismo, la sentencia detalla que mientras residían en la vivienda con la otra pareja, “con intención de ocasionar un menoscabo físico a su pareja, la cogió por el pelo, le dio puñetazos en la cabeza, en la cara, en las piernas, en las plantas de los pies, cogió un cuchillo y se dirigió hacía la cara de ella y le cortó en la oreja y las manos, mientras le decía que le iba a cortar la cara para que la gente viera lo puta que era y que la tenía que matar”. También consta que la violó en reiteradas ocasiones.
El 15 de diciembre de 2021 el hombre fue arrestado e ingresó en prisión provisional, situación en la que permaneció hasta junio de 2022, cuando se acordó su puesta en libertad con la imposición de la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima.
La Audiencia Provincial de Cádiz le impuso en total 13 años y medio de cárcel por delitos de coacciones, maltrato habitual en el ámbito familiar, lesiones en el ámbito de violencia sobre la mujer y un delito continuado de agresión sexual. Contra este fallo se interpuso recurso ante el TSJA, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba.
El alto tribunal andaluz ha rechazado el recurso al entender que la Audiencia Provincial valoró la prueba de forma “racional y fundamentado”. En este sentido, señala que no existe ningún elemento objetivo que permita sospechar que el testimonio de la víctima esté guiado por malquerencia, ánimo de perjudicar ilícitamente al acusado u otro motivo espurio. Además, subraya que su declaración “aparece corroborado por otras vías probatorias que lo confirman”.