El TSJA ratifica cinco años de cárcel a un hombre por abusar de la hija de su pareja

El TSJA confirma cinco años de cárcel y 40.000 euros de indemnización a un hombre por abusar de forma continuada de la hija adolescente de su pareja.

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Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía). EUROPA PRESS

Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía). EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de cinco años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su pareja cuando tenía 14 años, hechos que dejaron en la menor importantes secuelas psicológicas. Asimismo, mantiene la obligación de abonar una indemnización de 40.000 euros.

Con esta resolución, el alto Tribunal andaluz desestima el recurso de apelación formulado por la defensa del procesado contra la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga, que consideró acreditado que los abusos se produjeron entre el verano de 2019 y julio de 2021, periodo en el que el acusado convivía y mantenía una relación sentimental con la madre de la víctima.

La Sala de Málaga declaró probado, y ahora se confirma, que durante ese tiempo el hombre realizó tocamientos y otros actos de índole sexual a la menor, "aprovechando situaciones en las que la menor estaba tumbada en el sofá".

Además, en una ocasión, tras haber estado en un bar, el acusado se marchó con la chica a un parque, donde volvió a efectuarle tocamientos y le indicó que "no se lo contase a su madre". Cuando comenzaron los abusos la menor tenía 14 años y, en el momento de este episodio concreto, en julio de 2021, contaba con 15 años.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima desarrolló un cuadro de ansiedad y angustia, llegando a realizar varios intentos de autolisis. En marzo de 2022 se encontraba en seguimiento psicoterapéutico para abordar la experiencia traumática, reconstruir su proyecto vital y aprender a manejar la frustración en sus relaciones personales y familiares.

Por todo ello, el acusado fue condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual, imponiéndosele cinco años de prisión, la prohibición de acercarse a la joven o comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años y el pago de 40.000 euros en concepto de daños morales.

El TSJA confirma íntegramente la sentencia y subraya que "no puede pretenderse que los menores que se ven inmersos en una dinámica de violencia sexual continuada asuman la carga de ir registrando cada episodio para, llegado el caso, blindar la credibilidad de su testimonio y evitar que se dude de su sinceridad".

En la misma línea, el Tribunal advierte de que lo contrario implicaría ignorar "el modo en que niños y adolescentes interiorizan psíquicamente estas experiencias traumáticas, a menudo mediante el silencio, la minimización o la fragmentación del recuerdo", de modo que corresponde a los órganos judiciales ponderar sus declaraciones.

Así, el alto Tribunal andaluz concluye que "no se acredita que la Audiencia incurriera en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir, y la convicción alcanzada por el mismo, sobre la base de pruebas de cargo de indudable valor incriminatorio, resulta a todas luces lógica y coherente".