El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido disminuir de cuatro a tres años de prisión la condena impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba a un hombre acusado de un delito de agresión sexual y otro de coacciones contra la hermana pequeña de su novia, de unos 12 años, en un domicilio y en un parque de la capital cordobesa.
De acuerdo con la resolución, el Alto Tribunal andaluz estima de forma parcial el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado, únicamente en lo relativo a la eliminación de la agravante de prevalimiento por situación de superioridad, manteniendo intacto el resto de los pronunciamientos fijados por la Audiencia. Frente a esta decisión cabe todavía recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
Consta probado que, en una noche de invierno de 2020, sobre las 3,00 horas, en el piso en el que residía el acusado junto a su hermana y su madre, el hombre se hallaba sentado en un sofá entre su novia y la hermana menor de ésta, que tenía 12 años en aquel momento, todos ellos cubiertos con una manta mientras veían la televisión.
En ese contexto, y aprovechando que su novia y su cuñada se habían quedado dormidas, el procesado supuestamente llevó a cabo el acto de agresión sexual sobre la menor. En un momento dado, la novia se despertó para ir al baño y la niña pensó en seguirla para contarle lo que había sucedido, llegando a levantarse del sofá, pero, “dado que tenía la sensación de que no la iba a creer, se dirigió nuevamente hacia el sofá y se sentó en una esquina apartado de él”. Pese a ello, el acusado presuntamente prosiguió con la agresión.
Días más tarde de los hechos, la menor se encontró con el procesado en un parque, donde éste le advirtió que “si cuentas a alguien lo que ocurrió el otro día te vas a enterar”. A raíz de lo sucedido en el invierno de 2020, la niña empezó a manifestar “trastornos de conducta, lo que determinó a su madre a buscar asistencia médica, siendo derivadas a la Unidad de Salud Mental Infanto-Juvenil del Hospital Reina Sofía, contando a la psiquiatra la existencia de los abusos por parte del novio de su hermana”. Este relato motivó que la madre interpusiera la correspondiente denuncia. La menor presenta “una personalidad conflictiva y sigue en tratamiento psicológico”.
Junto a la pena de cárcel, la sentencia impone al condenado una orden de alejamiento de la víctima durante ocho años, además de una medida de libertad vigilada y la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, remunerado o no, que implique contacto directo y habitual con menores por un periodo de siete años. También se le impone una multa de 60 euros y el pago de una indemnización de 5.000 euros en favor de la menor.