La jueza señala al ingeniero de la pasarela de El Bocal como responsable último del proyecto técnico

La jueza amplía la investigación al ingeniero de Fronda y le sitúa como responsable último del proyecto de la pasarela de El Bocal que se derrumbó en marzo.

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Servicios de emergencias trabajan en el lugar de los hechos, la playa de El Bocal, a 4 de marzo de 2026, en Santander, Cantabria (España). . Juanma Serrano - Europa Press

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La magistrada que instruye la causa por el derrumbe mortal de la pasarela litoral de El Bocal, en Santander, ha decidido extender la investigación al ingeniero industrial de la empresa Fronda, redactor en 2014 del proyecto de las estructuras de madera. Lo hace a la vista de la nueva documentación remitida por el director facultativo de la senda costera, José Antonio Osorio, actual jefe de la Demarcación de Costas en Cantabria, que también figura como investigado en el procedimiento.

En un auto difundido este martes, la titular del Juzgado de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia expone que este profesional “se erige como responsable último del proyecto técnico conforme al cual se ejecutó materialmente la pasarela siniestrada”, donde el pasado 3 de marzo murieron seis estudiantes y otra joven resultó herida de gravedad.

La jueza tomará declaración a ambos, junto con los otros dos técnicos bajo investigación —el jefe de Servicio de Proyectos y Obras de Costas, Enrique Rodríguez Sánchez, y su predecesor en el puesto hasta 2023— el próximo 5 de junio. Lo hará tres semanas después de la comparecencia de los peritos, incluido el designado judicialmente, cuyo dictamen atribuye la causa última del siniestro a la rotura de herrajes por corrosión.

La citación como investigado del ingeniero de Fronda no obedece a la solicitud del Ayuntamiento de Santander, personado como posible responsable civil subsidiario, sino a la documentación aportada por Osorio. De acuerdo con esta, el jefe de obra de Dragados le comunicó que Fronda era la “responsable del diseño, fabricación y montaje” de las estructuras de madera.

De este modo, “valorando las previsibles causas inmediatas del colapso de la pasarela, entre ellas un defecto de diseño estructural o constructivo”, la instructora dirige la acción penal contra el firmante del proyecto específico, el ingeniero industrial de Fronda. Rechaza así el recurso de reforma del Consistorio contra su decisión inicial de citarle como testigo, al entender que, con los documentos de que disponía entonces, no existían elementos suficientes para investigarle.

Mensajes clave entre Osorio y Dragados

El giro en la situación procesal del ingeniero deriva de una serie de correos electrónicos aportados por Osorio, intercambiados con el jefe de obra de Dragados entre mayo y septiembre de 2014. En ellos, este último le advierte de que han detectado en el proyecto original que los coeficientes de seguridad de las pasarelas se sitúan “muy por debajo de lo aceptable”.

Ante ello, el jefe de obra le remite una propuesta de Fronda en la que se rehacen los cálculos, se garantiza la seguridad y viabilidad de la actuación y se mantiene el diseño estético previsto. Osorio contesta reclamando el cálculo de las estructuras firmado por técnico competente, y recibe un dosier firmado por el responsable de proyectos de Fronda con los cálculos de las distintas hipótesis de carga.

Posteriormente, el jefe de obra de Dragados informa al responsable de Costas de que ha ordenado la fabricación y tratamiento de la madera, y le adjunta un dosier con las características de las pasarelas, proyecto rubricado por el ingeniero de Fronda. A continuación, Osorio exige en otro mensaje que la empresa confirme por escrito su responsabilidad en el proyecto, y el jefe de obra le responde confirmando que Fronda es la responsable del diseño, la fabricación y el montaje de las estructuras y que está directamente contratada por Dragados.

Responsabilidad de la dirección facultativa

En su resolución, la jueza precisa que el jefe de Costas figura como investigado por su papel como director facultativo de la obra, ya que le correspondía dirigir la ejecución material de los trabajos, verificar su adecuación al proyecto y advertir cualquier insuficiencia o incumplimiento normativo relativo al diseño estructural, la elección de materiales u otros aspectos constructivos que pudieran afectar a la seguridad de las pasarelas.

La instructora añade que, “presumiblemente, con el fin de no ralentizar o paralizar” las obras, Osorio optó por no modificar el proyecto original y “aceptó y asumió la decisión técnica propuesta por el jefe de obra”, consistente en la elaboración de un proyecto “ad hoc” para las pasarelas.

“La asunción de su incorporación a la obra en fase de ejecución por parte del director facultativo, manifestando su expreso consentimiento, implicó validar técnicamente dicha solución”, subraya la magistrada.

Respecto al jefe de obra de Dragados, la jueza considera que de la documentación aportada se desprende que desempeñó “correctamente sus funciones, las de organización, gestión y control de la ejecución material de los trabajos, siempre bajo la supervisión de la dirección facultativa” y que dio “puntual y continuo traslado al director facultativo de todas y cada una de las incidencias técnicas detectadas en el momento de proceder a la ejecución material de las pasarelas”. “Si bien propuso soluciones técnicas, buscó y obtuvo siempre la expresa aprobación del director de obra”, añade.

El ingeniero de Fronda, en el centro del proyecto

En cuanto al papel de los proyectistas del diseño principal de la senda costera, la jueza indica que “al no decidir el director de obra la modificación del proyecto original”, estos “no tuvieron participación alguna en el cambio de las condiciones técnicas de las pasarelas inicialmente proyectadas”.

En consecuencia, sitúa en el foco al ingeniero industrial de Fronda, sobre cuya titulación apunta que “concurriendo dudas fundadas sobre la adecuación de tal titulación cuando se trata de una obra civil”, es quien “se erige como responsable último del proyecto técnico conforme al cual se ejecutó materialmente la pasarela siniestrada”.

Por ello, y “valorando las previsibles causas inmediatas del colapso de la pasarela, entre ellas un defecto de diseño estructural o constructivo”, a la luz de los informes periciales obrantes en la causa, la instructora acuerda formalizar la acción penal contra él.

Próximas declaraciones y delitos investigados

En relación con el calendario de diligencias, el 15 de mayo deberán comparecer todos los peritos para ratificar sus conclusiones: el designado por el juzgado, el propuesto por las acusaciones particulares, el nombrado por el Ayuntamiento y los que asisten a las defensas del actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras de Costas y del jefe de la Demarcación.

El 5 de junio están citados, como testigos-peritos, los dos ingenieros de la mercantil Cipsa Consulpal que firmaron el proyecto general de la senda costera, así como el jefe de obra de la misma, perteneciente a Dragados.

Tras estas comparecencias, está previsto que declaren los cuatro técnicos investigados por la presunta comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave y uno de lesiones graves. En el procedimiento también figuran como investigadas la gestora del 112 y la agente de la Policía Local que, el día previo a la tragedia, atendieron las llamadas de aviso sobre el mal estado de la pasarela.

El colapso causó la muerte de seis jóvenes —vecinos del municipio cántabro de Camargo, de Vizcaya (3), Almería y Guadalajara— y dejó herida grave a otra chica de Álava. Todos formaban parte de un grupo de alumnos del Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP) La Granja de Heras, en Medio Cudeyo, que realizaban la ruta de la senda costera cuando se produjo el siniestro.