Soltec ha recibido la aprobación judicial de su plan de reestructuración, lo que le permite abandonar el preconcurso de acreedores al que se había acogido en septiembre de 2024 para iniciar negociaciones con entidades financieras.
Según un comunicado emitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) este miércoles, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia ha decretado la “extensión automática” de los efectos de este plan, que fue firmado con sus acreedores el 24 de julio de 2025.
La junta general extraordinaria de accionistas de la empresa dio su visto bueno a principios de este mes, aceptando tanto la reducción como el aumento simultáneo del capital por medio de la emisión de más de 365.000 nuevas acciones ordinarias.
Esta ‘operación acordeón’ se llevará a cabo mediante la conversión en capital de un préstamo de 30 millones de euros otorgado anteriormente por el nuevo inversor DVC Partners, representando estos nuevos títulos el 80% de la empresa.
ASEGURAR LA VIABILIDAD DE LA EMPRESA EN EL CORTO Y MEDIO PLAZO
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TJSMU) en un auto notificado y publicado el martes, comunicó que el plan “ofrece una perspectiva razonable de evitar el concurso y asegurar la viabilidad de la empresa a corto y medio plazo”.
El TJSMU destacó también que el plan prevé un acceso de liquidez de 45 millones de euros, la continuidad de la actividad y del empleo, a excepción de los trabajadores afectados por un ERE en curso, así como la obtención de nuevos avales, “esenciales para la continuación de la actividad”.
Además, el auto confirma que se han cumplido los requisitos establecidos en la Ley Concursal y que el plan ha sido aceptado por todas las clases de acreedores, tratando los créditos de forma equitativa dentro de cada clase. También valida las operaciones societarias previstas, incluyendo una reducción de capital seguida de un aumento por compensación de créditos, permitiendo la entrada de DVC Partners en Soltec Power Holdings.
La resolución también protege los “contratos clave frente a posibles resoluciones por cambio de control”, asegurando que los contratos necesarios para la continuidad de la actividad “no podrán suspenderse, modificarse, resolverse o terminarse anticipadamente por el mero hecho de que el plan conlleve un cambio de control del deudor”.
La nueva financiación, préstamos y avales estarán protegidos frente a impugnaciones en caso de un eventual concurso de acreedores. Finalmente, se acuerda levantar la suspensión de las ejecuciones de créditos no afectados y archivar las restantes.
La homologación fue solicitada sin el trámite de contradicción previa de los acreedores, por lo que la resolución solo analiza la corrección de ciertos aspectos formales del plan, permitiendo a los acreedores que no han votado a favor del plan impugnar la resolución ante la Audiencia Provincial de Murcia por otros motivos legalmente previstos en un plazo de 15 días desde su publicación en el Registro Público Concursal.
