El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha concluido favorablemente para una mujer que fue cesada por presentar las nóminas de sus colegas como prueba de discriminación de género, sentenciando que España le pague una compensación de 12.000 euros.
De acuerdo con el fallo, la afectada dirigía el departamento financiero de una firma que suministraba servicios administrativos a un banco. Desde abril de 2017, tras haber reportado diferencias salariales, buscó la conciliación, lo que desembocó en una disputa legal.
En el proceso, ella exhibió nóminas de otros empleados con roles similares, evidenciando que desde 2010 hasta 2017 recibió un salario y “incentivos” inferiores. Al consolidarse estos en 2017, su remuneración bruta anual se fijó en 33.672 euros, inferior a la de años anteriores y por debajo de lo que ganaban sus homólogos.
“En consecuencia, durante el periodo analizado todos los jefes de departamento tuvieron aumentos salariales de entre el 22% y el 34%, excepto la demandante, cuyo salario se redujo un 3,83%. La brecha salarial se extendió, por tanto, de menos de 1.000 a 14.000 euros anuales”, señala el TEDH.
En la batalla judicial, se solicitó a la empresa justificar estas diferencias. Sin embargo, emergió que la brecha había sido establecida progresivamente por el director, sin criterios objetivos, confirmado tanto por él como por otros directivos.
Los tribunales determinaron que existió discriminación de género y ordenaron igualar su salario con el de sus colegas, además de compensarla con otros 35.000 euros por daños económicos y morales.
En otro proceso, la empresa justificó su despido en mayo de 2017 por violar la confidencialidad al usar y compartir las nóminas en el litigio y con terceros. Aunque los tribunales respaldaron inicialmente a la empresa, el TEDH criticó que no se diera suficiente importancia a elementos clave como el contexto de discriminación persistente y el limitado impacto del uso de la información.
Finalmente, el TEDH resolvió que la decisión de despedirla podría indicar una represalia, incumpliendo la obligación estatal de proteger contra represalias en casos de denuncias de discriminación, resultando en la condena de España a indemnizarla con 12.000 euros.











