El Tribunal Supremo confirma sentencia contra subinspector de los Mossos por acoso tras baja maternal

El Supremo sanciona a un subinspector de los Mossos con cárcel y multa por acoso laboral a una compañera tras su maternidad.

Archivo - Un vehículo de los Mossos d’Esquadra, a 16 de julio de 2024, en Barcelona, Catalunya (España). David Zorrakino - Europa Press - Archivo

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción de seis meses de cárcel y una penalización económica cercana a los 150.000 euros para un subinspector de los Mossos d’Esquadra en Granollers, Barcelona, por hostigar a una colega que solicitó ajustar su horario laboral tras reincorporarse de su permiso por maternidad.

Después de su regreso, el superior ordenó su reubicación de la Unidad de Policía Científica a otra área donde se le asignaron principalmente tareas administrativas, según indica la sentencia obtenida por Europa Press. Durante este periodo, el subinspector hizo comentarios despectivos hacia ella como «Vete a la peluquería, ponte guapa y empieza a espabilarte un poquito».

El conflicto escaló en abril de 2015, cuando, en un cambio organizativo, la afectada se negó a alterar el mobiliario y, como castigo, fue trasladada a un despacho menos relevante y privada de herramientas básicas como un teléfono propio, además de ser excluida de las reuniones y de las funciones policiales esenciales, comunicadas a través de terceros.

En una reunión en octubre de 2015, el subinspector la insultó gravemente, lo que provocó que la agente sufriera un ataque de ansiedad, y al día siguiente, un desmayo que la llevó al hospital. Eventualmente, pidió una incapacidad laboral en 2017 por un Trastorno Bipolar tipo II, exacerbado por un acoso continuado que buscaba socavar su autoestima y resistencia, aunque otros factores también podrían haber influido.

DECISIONES «IMPULSADAS POR EL ÁNIMO DE VEJAR O DEGRADAR»

La Sala de lo Penal del Supremo, con Ana Ferrer como ponente, concluyó que el traslado de la denunciante no respondió a criterios de eficiencia ni a sus capacidades, sino que fue una de varias acciones arbitrarias motivadas por un deseo de humillar. El tribunal subrayó que estos actos, que se repetían y variaban, no buscaban adaptar su situación laboral sino castigarla por ejercer sus derechos laborales, mostrando un claro sesgo de discriminación de género, degradándola tanto profesional como personalmente.

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