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Tribunales

El Tribunal Supremo limita las acciones de Hacienda y prohíbe un ‘tercer tiro’ en liquidaciones anuladas

El Tribunal Supremo ha fallado contra la posibilidad de la Administración de efectuar un 'tercer tiro' en liquidaciones fiscales anuladas previamente.

AgenciasporAgencias
06/10/2025 - 14:06
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Archivo - Edificio del Tribunal Supremo Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo

Archivo - Edificio del Tribunal Supremo Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo

El Tribunal Supremo ha emitido una decisión crucial que impide a la administración tributaria realizar un ‘tercer tiro’ al dictaminar que no se pueden emitir terceras o más liquidaciones tras la anulación de dos previas. Dicha sentencia, pronunciada el 29 de septiembre de 2025, establece una importante doctrina legal en relación con el llamado ‘doble tiro’, limitando las facultades de la Administración para reiterar actos administrativos una vez anulados.

La resolución surgió de un recurso de casación interpuesto por tres hermanos de Galicia sobre el Impuesto sobre Sucesiones, resultando en la anulación de una decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Esta doctrina impide extender el proceso a un tercer intento, destacando que permitir a la Administración múltiples oportunidades de gravamen hasta acertar sería perjudicial para los ciudadanos.

El fallo señala que en 2014 se realizaron primeras liquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones a los mencionados hermanos, las cuales fueron impugnadas y posteriormente anuladas por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia debido a una falta de motivación. A pesar de esto, la Agencia tributaria gallega (Atriga) procedió con una nueva serie de liquidaciones, que también fueron objeto de caducidad y reevaluaciones sucesivas, complicando aún más el procedimiento.

El Supremo recalca que esta práctica desatendía la jurisprudencia establecida y violaba principios de buena fe y seguridad jurídica, reiterando que ‘ningún concepto y en ninguna circunstancia’ justifica una serie indefinida de actos administrativos de este tipo. La sentencia concluye enfáticamente que los principios de buena administración y buena fe se oponen absolutamente a estas acciones repetidas.

Etiquetas: doctrina legalHaciendaimpuesto sobre sucesionesliquidacionesTribunal Supremo

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