Un juzgado indaga posibles delitos en contratos del Hospital Reina Sofía de Córdoba durante la pandemia

Un juzgado de Córdoba abre diligencias por posibles delitos en contratos del Hospital Reina Sofía durante la pandemia tras una querella del PSOE.

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El Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba, dirigido por el magistrado José Luis Rodríguez Lainz, ha incoado diligencias previas para esclarecer la posible comisión de diversos delitos vinculados a contratos de compra y suministro tramitados por la Plataforma Logística Sanitaria de Córdoba-Hospital Universitario Reina Sofía en el contexto de la pandemia de Covid.

Las investigaciones se centran en los ejercicios 2020 y 2021, tras una querella presentada por el PSOE contra la que fuera máxima responsable de dicha plataforma y directora del centro hospitalario en ese periodo, la actual gerente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), Valle García.

De acuerdo con el auto firmado por el magistrado, al que ha tenido acceso Europa Press, las actuaciones abiertas por el juzgado traen causa de la “querella criminal interpuesta por el PSOE, inicialmente dirigida contra Valle García, en su condición en fecha de autos de directora gerente” de la citada plataforma del SAS.

La querella, registrada el 30 de octubre de 2025, alude a “la existencia de numerosas irregularidades, basadas en esencia en la injustificada utilización de la contratación menor o prórrogas de contratos existentes, como forma de eludir el trámite de procedimiento ordinario, con las consecuencias que podrían derivarse de ello en orden a la vulneración de los principios de competitividad y transparencia en la gestión de los fondos púbicos destinados a las las distintas áreas de la competencia de dicha autoridad administrativa, referidos a los ejercicios 2020 y 2021”.

El escrito del PSOE se apoya en un documento al que habría tenido acceso el partido, denominado 'Informes definitivos de cumplimiento', “emitidos por la Intervención Provincial del SAS de fechas, respectivamente, 30 de septiembre de 2022 y 30 de mayo de 2024”.

A partir de esa documentación y de los hechos descritos en la querella, los socialistas sostienen que “se habían cometido delitos de prevaricación administrativa, de malversación de caudales públicos, de falsedad, de fraude en la contratación pública y de pertenencia a organización criminal”.

En respuesta, el juez ha ordenado “de momento, la práctica” de distintas “diligencias de investigación”, comenzando por librar “oficio al Servicio Jurídico del Servicio Andaluz de Salud en Córdoba para que, por quien corresponda de la Plataforma Logística Sanitaria de Córdoba, Hospital Universitario Reina Sofía, Centro de Gasto 3980 del Servicio Andaluz de Salud, por conducto del Servicio Jurídico del SAS, se remitan a este juzgado copias íntegras de los expedientes de contratación administrativa respecto de los que se ha acordado la incoación de las presentes diligencias previas”.

Asimismo, y según se recoge en el auto, el magistrado solicita que “por la Intervención Provincial del SAS en Córdoba se aporte” al órgano judicial “copia de los informes emitidos por cada uno de los expedientes” que son “objeto de investigación, así como las alegaciones o justificaciones que se hubieran presentado durante su tramitación”.

Del mismo modo, se cursa “oficio al Servicio Jurídico del SAS en Córdoba para que emita informe sobre los siguientes extremos, referidos todos a los expedientes administrativos objeto de investigación en la presente causa”, en particular “sobre la normativa de carácter general o específica determinada por la propia dirección del organismo u órganos superiores en relación con la tramitación de expedientes de contratación, la opción por contratación menor o de emergencia y su justificación; con determinación de fechas en que tales normas estuvieran aplicables respecto de los ejercicios 2020 y 2021”.

El juez requiere también al Servicio Jurídico del SAS la “identificación de personal técnico destinado a tramitar los expedientes, emitir informes sobre tramitación o controlar su regularidad administrativa, tanto previa, como posterior a su tramitación, o con capacidad de decisión sobre los mismos, bien a nivel de propuesta de resolución, bien para toma de decisión por sí mismos. De existir, criterios para selección de posibles licitadores en contratación menor o por trámite de urgencia, así como procedimientos para garantizar en estas contrataciones la concurrencia competitiva de licitadores”.

El auto concluye indicando que, “a la vista de lo que se informe por el Ministerio Fiscal sobre tramitaciones conjuntas en esta misma causa y de las resultas de las indagaciones que se realicen con carácter previo de conformidad con lo establecido en la presente resolución, se acordará lo procedente para la posible formación de piezas separadas que faciliten su trámite”.

Finalmente, el magistrado ordena notificar “la presente resolución a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, instruyéndoles de que contra la misma caben recursos de reforma y apelación, debiendo interponerse el primero ante este juzgado en el improrrogable término de tres días, y el segundo, que podrá serlo también subsidiariamente en las condiciones anteriormente descritas, igualmente ante este juzgado, en el improrrogable término de cinco días”.