La Comisión Europea ha decidido este miércoles iniciar un procedimiento de infracción contra España por no haber completado la transposición de la segunda directiva sobre servicios de pago. El incumplimiento se refiere, en particular, a las normas aplicables cuando una entidad de pago solicita operar en calidad de servicio de pago en un Estado miembro de acogida distinto de aquel en el que está autorizada a ejercer su actividad.
Según detalla Bruselas en un comunicado, la autoridad competente del Estado miembro de origen debe notificar su decisión definitiva a la autoridad del país de acogida y a la entidad de pago en un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud. Esta exigencia pretende asegurar el correcto funcionamiento del régimen de pasaporte, "un pilar clave del mercado único de servicios de pago de la UE".
En el caso español, la Comisión considera que la normativa nacional no incorpora de forma adecuada la obligación de la autoridad competente (Banco de España) de comunicar sus decisiones finales (tanto favorables como desfavorables) sobre las solicitudes de pasaporte a las autoridades del Estado miembro de acogida y a la entidad de pago afectada, sino únicamente las resoluciones negativas.
"Este riesgo socava el derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios dentro de la UE", advierte el Ejecutivo comunitario, que ha enviado una carta de emplazamiento a las autoridades españolas para notificar el incumplimiento y poner en marcha el expediente sancionador correspondiente.
Si España no ofrece una respuesta considerada satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado, segunda etapa del procedimiento de infracción. Esta fase abre un nuevo periodo de diálogo antes de que Bruselas resuelva si remite finalmente el asunto al Tribunal de Justicia de la UE para pedir la imposición de una sanción económica al Estado miembro que no ha cumplido.