El cambio culmina el calendario progresivo iniciado en 2013 y deja una tabla definitiva bajo la normativa actual: 65 años para carreras largas de cotización y 67 años para quienes no lleguen al umbral exigido por la Seguridad Social.
La edad de jubilación en España quedará fijada en 2027 en 67 años para quienes no hayan cotizado al menos 38 años y seis meses. En cambio, quienes sí alcancen ese periodo de cotización podrán jubilarse a los 65 años de forma ordinaria.
El cambio culmina el calendario progresivo iniciado en 2013 y deja una tabla definitiva bajo la normativa actual: 65 años para carreras largas de cotización y 67 años para quienes no lleguen al umbral exigido por la Seguridad Social.
La edad de jubilación en España cambia definitivamente en 2027
La edad de jubilación en España entra en 2027 en una nueva fase. A partir de ese año, la edad ordinaria quedará establecida en 67 años para los trabajadores que no hayan cotizado al menos 38 años y seis meses. Quienes sí acumulen ese periodo de cotización podrán seguir jubilándose a los 65 años.
La Seguridad Social recoge esta escala dentro del calendario gradual que comenzó en 2013 y que ha ido elevando tanto la edad legal de retiro como los años cotizados necesarios para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años. En 2026, por ejemplo, pueden jubilarse a los 65 quienes hayan cotizado 38 años y tres meses o más; quienes no lleguen a esa cifra deben esperar hasta los 66 años y 10 meses. A partir de 2027, el umbral sube a 38 años y seis meses y la edad alternativa pasa a 67 años.
El dato es clave para millones de trabajadores porque marca cuándo podrán retirarse sin aplicar coeficientes reductores por anticipar la jubilación. No significa, por sí solo, que todos vayan a cobrar la pensión máxima, sino que podrán acceder a la jubilación ordinaria sin penalización por edad.
La tabla de jubilación por años cotizados
La tabla oficial de jubilación por años cotizados establece dos escenarios para cada ejercicio: uno para quienes alcanzan el periodo mínimo exigido para retirarse a los 65 años y otro para quienes no llegan a ese umbral.
La diferencia entre 2026 y 2027 es pequeña sobre el papel, pero muy relevante en la práctica. En 2026, quien no alcance los 38 años y tres meses cotizados debe esperar hasta los 66 años y 10 meses. Desde 2027, si no llega a 38 años y seis meses, la edad ordinaria será ya de 67 años.
| Año | Periodo cotizado | Edad ordinaria de jubilación |
|---|---|---|
| 2024 | 38 años o más | 65 años |
| 2024 | Menos de 38 años | 66 años y 6 meses |
| 2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| 2025 | Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| 2026 | Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses |
| A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
| A partir de 2027 | Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
Qué pasa si quieres jubilarte a los 65 años en 2027
Para jubilarse a los 65 años en 2027 será necesario haber cotizado al menos 38 años y seis meses.
Esa es la condición central. Si el trabajador alcanza esa cifra, podrá acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años. Si no la alcanza, deberá esperar hasta los 67 años para jubilarse de forma ordinaria.
Este sistema no elimina la jubilación anticipada, pero sí diferencia claramente entre retirarse a la edad ordinaria y hacerlo antes de tiempo. La jubilación anticipada puede implicar reducciones en la pensión, mientras que esperar a la edad ordinaria evita esos descuentos por adelanto.
Cobrar el 100% de la pensión no depende solo de la edad
Este punto es importante: cumplir la edad ordinaria no significa automáticamente cobrar la pensión máxima del sistema.
Para cobrar el 100% de la base reguladora hacen falta dos condiciones distintas. La primera es alcanzar la edad ordinaria que corresponda para no sufrir penalización por jubilación anticipada. La segunda es tener suficientes años cotizados para generar el 100% de la base reguladora.
La Seguridad Social establece que con 15 años cotizados se tiene derecho al 50% de la base reguladora. A partir de ahí, el porcentaje aumenta progresivamente según los meses adicionales cotizados hasta alcanzar el 100%.
Por tanto, una persona puede jubilarse a la edad ordinaria y no cobrar el 100% de su base reguladora si no tiene una carrera de cotización suficiente. Y también puede tener muchos años cotizados, pero sufrir penalización si decide jubilarse antes de la edad que le corresponde.
El mínimo para tener pensión no son 38 años y medio
Otra confusión habitual está en interpretar la tabla como si marcara el mínimo para tener derecho a pensión. No es así.
El periodo mínimo de cotización para acceder a la jubilación ordinaria es mucho menor: en términos generales, se exigen 15 años cotizados, siempre que al menos dos estén comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de causar el derecho.
Los 38 años y seis meses de 2027 no son el mínimo para cobrar pensión. Son el umbral que permite jubilarse a los 65 años en lugar de hacerlo a los 67.
Quiénes son los más afectados por el cambio de 2027
El cambio afecta especialmente a los trabajadores que se aproximan a la jubilación con carreras de cotización intermedias.
Quienes hayan cotizado 38 años y seis meses o más conservarán la opción de retirarse a los 65 años. En cambio, quienes se queden por debajo de ese umbral tendrán que esperar hasta los 67 si quieren acceder a la jubilación ordinaria sin adelantos.
La medida impacta sobre todo en quienes han tenido interrupciones laborales, periodos de paro, empleos temporales, lagunas de cotización o carreras profesionales iniciadas más tarde.
Cómo saber cuándo te puedes jubilar
El primer paso es comprobar los años cotizados en el informe de vida laboral. Ese documento permite saber cuántos años, meses y días constan oficialmente en la Seguridad Social.
Después, hay que cruzar ese dato con el año previsto de jubilación. Si la jubilación se produce en 2027 o después, la referencia será clara: 65 años con 38 años y seis meses o más cotizados; 67 años si se ha cotizado menos.
También conviene revisar la situación personal con antelación, especialmente si se han tenido lagunas de cotización, periodos en distintos regímenes, trabajo en el extranjero o posibles bonificaciones por determinadas profesiones.
La diferencia entre edad ordinaria, jubilación anticipada y pensión máxima
La edad ordinaria es la edad a la que una persona puede jubilarse sin que se le apliquen descuentos por adelantar el retiro.
La jubilación anticipada permite retirarse antes, pero suele implicar coeficientes reductores que rebajan la pensión en función de los meses de adelanto y de los años cotizados.
La pensión máxima, en cambio, es otra cuestión: depende de las bases de cotización, de los años cotizados y de los límites máximos fijados cada año por la normativa.
Por eso, hablar de “cobrar el 100%” debe hacerse con precisión. Lo que garantiza llegar a la edad ordinaria es no sufrir penalización por anticipación. El importe final dependerá de la base reguladora y del total de cotización acumulada.
2027 deja dos edades claras: 65 o 67 años
La reforma de la edad de jubilación culmina en 2027 con un esquema más simple que el de los años anteriores. A partir de entonces, la jubilación ordinaria quedará en 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y seis meses o más, y en 67 años para quienes no alcancen ese periodo.
El cambio cierra un calendario de transición que durante años ha ido elevando de forma gradual la edad de retiro para quienes no acumulaban carreras largas de cotización.
La clave para los trabajadores es revisar cuanto antes su vida laboral y calcular en qué tramo quedan. En 2027, unos meses de cotización pueden marcar la diferencia entre retirarse a los 65 o tener que esperar hasta los 67.