Hacienda obliga a las empresas a detallar quién es su titular y podrá exigir su contabilidad en una comprobación

Aprovecha la reforma de la directiva de cooperación fiscal en el Congreso para aumentar los controles en la lucha contra el fraude

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero junto a Eloy Suárez Lamata, presidente de la Comisión de Hacienda | CONGRESO

El Ministerio de Hacienda ha aprovechado la tramitación en el Congreso de un proyecto de ley sobre cooperación administrativa en materia de fiscalidad para endurecer el control a las empresas en materia de lucha contra el fraude.

Concretamente, exigirá a las empresas y entidades a detallar quién es su titular real y habilitará a la Agencia Tributaria a exigir la información contable en el marco de una comprobación.

Los cambios forman parte de tres enmiendas registradas esta semana por PSOE y Unidas Podemos, a las que ha tenido acceso Demócrata, al proyecto de ley que traspone la reforma europea de la directiva sobre cooperación administrativa en el ámbito fiscal (DAC 7).

El proyecto reforma la Ley General Tributaria para regular, entre otros aspectos, el régimen de las inspecciones conjuntas, cuestiones sobre la presencia de funcionarios de otros estados en España, y viceversa, o los controles simultáneos.

Ahora en el Congreso, los socios de coalición, a instancias de Hacienda, han introducido una nueva obligación de información para las empresas o entidades, que tendrán la obligación de comunicar a la Administración tributaria la identificación de sus titulares reales.

Análisis de conflicto de interés

Los socios justifican esta medida en la necesidad mejorar el seguimiento y el control de las obligaciones tributarias, pero también en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el cual los últimos Presupuestos regularon un procedimiento de análisis automático del riesgo del conflicto de interés.

En este sentido, Hacienda aprobó el pasado enero una orden ministerial para la carga de información en la herramienta informática ,de la Agencia Tributaria, la denominada Minerva, dentro de este análisis de riesgo para determinar si existe un conflicto entre el decisor de una línea de ayudas y el beneficiario o titular.

En su justificación, PSOE y Unidas Podemos lamentan la dificultad de poder comprobar la titularidad de acciones o participaciones de una empresa «dada la complejidad de determinadas estructuras mercantiles y financieras».

Es por ello que defienden la necesidad de mecanismos que permitan a la Administración conocer qué personas ejercen el control efectivo de las empresas y, para ello, que las empresas proporcionen esta información en sus correspondientes declaraciones tributarias.

Comprobar la contabilidad

La otra enmienda aumenta la capacidad de la Agencia Tributaria en sus actuaciones de comprobación, ya que le permite exigir la contabilidad mercantil, con el fin de constatar la coincidencia entre lo que figure en esta documentación y la información que obre en poder de la Administración.

Actualmente, esta documentación está exceptuada dentro de la documentación que puede requerir en el marco de una comprobación. De hecho, la Administración únicamente puede examinarla si el obligado tributario la aporta de forma voluntaria para acreditar la contabilización de determinadas operaciones.

Con otra enmienda, los socios de la coalición plantean que la Agencia Tributaria pueda analizar en sus oficinas las copias de la contabilidad en cualquier soporte. Para analizar la documentación original, deberá hacerse en el domicilio, local, despacho u oficina del obligado, en su presencia o de la persona que designe, salvo que consienta su examen en las oficinas públicas.

Posible discriminación por un menor control

Atendiendo a los casi 20 años transcurridos desde la aprobación de la Ley General Tributaria, el PSOE y Unidas Podemos defienden en la justificación de la enmienda una evolución de las posibilidades de realizar controles tributarios «de manera ágil y eficaz en relación con situaciones de cierto grado de complejidad».

«Estas circunstancias pueden estar dando lugar a un menor grado de control de facto de unos sectores o conjuntos de obligados tributarios en relación con la media de los contribuyentes, lo que constituiría una discriminación desde el punto de vista de la justicia tributaria», esgrimen.

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