El Proyecto de ley de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres obliga a Gobierno, órganos constitucionales y empresas, entre otros, a contar con un mínimo del 40% de mujeres en sus cúpulas. Una regla que, incluso, PSOE y Sumar pretenden ampliar vía enmienda a otras entidades como partidos políticos, Reales Academias, sindicatos o asociaciones. La pregunta es: ¿Hasta cuándo tienen de plazo para adaptar sus órganos de dirección?
Inicialmente, el articulado daba de plazo hasta el 30 de junio de 2024 a las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil (determinada al cierre del día en que entre en vigor la ley) para reconfigurar sus respectivos consejos de administración. Para el resto de sociedades de capitalización bursátil, se fijó uno o dos años más, en función de si su valor superaba o no los 500 millones. Si lo superaba, hasta el 30 de junio de 2025; de lo contrario, hasta la misma fecha de 2026.
Sin embargo, el Gobierno se ha visto obligado a revisar el calendario de implementación de la ley de paridad pada dotar a las empresas de tiempo suficiente, y de paso, ha aprovechado para eliminar la diferenciación en función de si el valor era superior o inferior a 500 millones.
Mediante una enmienda, PSOE y Sumar plantean que las empresas del Ibex 35 dispongan hasta el 30 de junio de 2025, es decir, un año más de lo que inicialmente propusieron. El resto contaría con un año más, hasta el 30 de junio de 2026.
PSOE y Sumar plantean que las empresas del Ibex 35 dispongan hasta el 30 de junio de 2025, es decir, un año más de lo que inicialmente propusieron.
Otros plazos
- Listas cremallera: Serán de aplicación a los procesos electorales que se convoquen después de la entrada en vigor de la normativa.
- Participación equilibrada de mujeres en órganos que concedan premios o condecoraciones públicos: Se aplicará a los convocados con posterioridad a la entrada en vigor de la ley.
- Nombramientos al amparo de la ley de Régimen Jurídico del Sector Público: Se aplicará a los que se produzcan tras la entrada en vigor de la ley. No obstante, la totalidad de la Administración General del Estado y del sector público institucional estatal deberá cumplir con la ley en un plazo máximo de cinco años desde su entrada en vigor.
- Colegios Profesionales: Se aplicaría de forma gradual en la designación de los miembros de las Juntas de Gobierno de los Colegios Profesionales o Consejos Generales, debiendo alcanzar el 40% mínimo de mujeres a fecha de 30 de junio de 2026.
- Consejos de Administración y alta dirección de las entidades de interés público: Deberán alcanzar un 33% el 30 de junio de 2026 y un 40% el 30 de junio de 2028.