El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes en segunda vuelta al Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, una norma con la que el Ejecutivo pretende reforzar la protección de las víctimas y endurecer la respuesta jurídica frente a este tipo de violencia.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha definido el texto como una "ley pionera a nivel europeo", al incorporar por primera vez una definición jurídica de la violencia vicaria y modificar hasta diez normas, entre ellas el Código Penal y el Código Civil.
Qué es la violencia vicaria según la nueva ley
El proyecto incorpora una definición expresa de la violencia vicaria en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
La norma considera violencia vicaria aquella que se ejerce con el objetivo de causar dolor o sufrimiento a una mujer utilizando como instrumento a sus hijos, familiares u otras personas de su entorno.
El texto amplía además el número de víctimas protegidas, incluyendo personas con discapacidad dependientes, ascendientes, hermanos y también menores. Precisamente, la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, abordó con DEMÓCRATA este asunto en una entrevista concedida el pasado mes de marzo, llegando a asegurar a este medio que la norma se hallaba entonces en un estado "bastante avanzado" y confiaba en que saliera adelante en un plazo "muy breve".
La violencia vicaria será un agravante en el Código Penal
Uno de los cambios más relevantes afecta al Código Penal. El Gobierno plantea que la violencia vicaria pase a ser una circunstancia agravante por razón de género, de forma que los delitos cometidos con esta finalidad puedan recibir un mayor reproche penal.
El proyecto también incorpora una nueva pena accesoria que permitirá prohibir al condenado publicar o difundir mensajes, imágenes o contenidos directamente relacionados con el delito cometido.
Durante la presentación de la norma, Ana Redondo puso como ejemplo el caso de José Bretón y la polémica generada por la publicación de un libro sobre el crimen.
Retirada de la patria potestad y cambios en la custodia
La ley introduce importantes modificaciones en el Código Civil. Entre ellas destaca la privación automática de la patria potestad cuando exista una sentencia firme por determinados delitos graves cometidos contra los hijos o contra la mujer.
Además, los jueces podrán acordar la retirada de la patria potestad cuando existan indicios fundados de violencia o el progenitor esté inmerso en un procedimiento judicial por determinados delitos.
La norma también limita la posibilidad de establecer una custodia compartida cuando pueda resultar perjudicial para el bienestar físico, psicológico o emocional de los menores.
Los menores deberán ser escuchados antes de decidir la custodia
Otro de los cambios relevantes es la obligación de escuchar siempre a los hijos menores antes de adoptar decisiones sobre la guarda y custodia.
La audiencia deberá adaptarse a la edad y madurez del menor y podrá contar con el apoyo de especialistas. Solo podrá omitirse cuando no sea posible o cuando se considere contrario al interés superior del menor, circunstancia que deberá justificarse de forma motivada.
Cambios en las visitas, el Registro Civil y las prestaciones
El proyecto también modifica el régimen de visitas para reforzar la protección de los menores cuando existan indicios de violencia doméstica o de género.
En paralelo, permitirá que la madre superviviente de un hijo o hija fallecido como consecuencia de violencia vicaria pueda solicitar el cambio de apellidos del menor fallecido y de los hijos comunes menores para eliminar el vínculo nominal con el agresor.
Asimismo, se impediría que una persona condenada por homicidio doloso pudiera generar prestaciones de muerte y supervivencia cuando la víctima sea alguna de las personas protegidas por esta ley.
Más formación y nuevas estadísticas oficiales
La futura ley también contempla medidas de sensibilización y formación para jueces y otros operadores jurídicos.
Además, ampliará la Estadística de Víctimas Mortales por Violencia contra la Mujer por Razón de Género, que pasará a incluir de forma diferenciada a las víctimas de violencia vicaria.