Sumar quiere que la futura Ley de desperdicio alimentario permita establecer cuotas obligatorias de productos frescos y de proximidad a las grandes empresas de distribución de alimentos y las empresas turísticas.
Estas cuotas no quedarían establecidas en la norma, sino que serían las comunidades autónomas las que, a partir de esta reforma, quedarían habilitadas para fijarlas.
La lógica es similar a la que, por ejemplo, sigue la Ley por el derecho a la vivienda, en la que una legislación estatal habilita a las comunidades autónomas, competentes en materia de vivienda, a establecer una regulación de precios en el alquiler.
La propuesta está registrada como enmienda al proyecto de ley de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario que tramita el Congreso y cuyo plazo de registro de enmiendas finalizó el pasado mayo.
Concretamente, la reforma habilitaría a las comunidades autónomas para que puedan establecer porcentajes mínimos de consumo o distribución de productos agrarios, ganaderos, pesqueros frescos y de proximidad, siendo este porcentaje de obligado cumplimiento.
Exigiría una ley autonómica
La enmienda prevé que estas cuotas tengan que ser aprobadas a través de una norma con rango de ley y ser dictadas por razones de interés general, con el fin de reducir las pérdidas y el desperdicio alimentario, y fomentar productos cuya provisión genera una menor huella de carbono por su proximidad o su producción ecológica.
Sumar justifica su propuesta en la necesidad de fomentar el consumo y distribución de estos productos de proximidad, menos contaminantes que los productos importados por el coste ecológico que provoca los traslados de estos últimos.
Y, pese a ello, señalan en esta formación que muchos de ellos están sometidos a regulaciones más exigentes que los importados, particularmente respecto a los procedentes de países de fuera de la Unión Europea.
El proyecto ya incluye recomendaciones para fomentar su consumo
El proyecto remitido al Congreso por el Gobierno ya contempla en sus disposiciones recomendaciones expresas a la hostelería y a las empresas de distribución para promover el consumo de estos productos. Concretamente, en los artículos 11 y 12, que prevén medidas de buenas prácticas para ambos sectores.
Y es que, además de obligaciones, la norma prevé una serie de medidas que se quedan en recomendaciones para evitar el desperdicio alimentario, como fomentar criterios de compra sostenible, contar con líneas de venta de productos ‘imperfectos’ o ‘poco estéticos’, o fomentar la cocina de reaprovechamiento.