La Audiencia Provincial de A Coruña ha fijado una indemnización de 329.646 euros para una vecina de Carballo (A Coruña) que en octubre de 2022 trató de acabar con la vida de su exmarido. La acusada asumió una pena de cuatro años de prisión, aunque mantuvo su oposición a la cuantía de la responsabilidad civil.
Según la resolución, la mujer aceleró con su coche, “actuando con manifiesto ánimo de acabar con la vida de la víctima”, y embistió con fuerza contra un portal, “lo que provocó que cayese sobre el cuerpo de su expareja, quien en ese instante se encontraba en la parte interior del mismo mientras intentaba cerrarlo”.
La Sala detalla que la procesada admitió los hechos y consintió una condena de cuatro años de cárcel, además del pago de multas que suman 2.280 euros, por un delito de tentativa de homicidio, otro delito continuado de daños y un delito leve de lesiones. En la tentativa de homicidio se aplicó la agravante de parentesco y, para todos los delitos, la atenuante cualificada de alteración psíquica.
En el fallo se recoge que la mujer acudió al domicilio de su expareja, causó destrozos en varios vehículos y en un portalón, aceleró el turismo con la intención de matarlo y le ocasionó lesiones de gran entidad, además de daños leves a otro miembro de la familia. No obstante, discutió la responsabilidad civil, mientras que la aseguradora cuestionó que el siniestro estuviera cubierto por su carácter doloso.
Finalmente, la Audiencia condena a la acusada a indemnizar a su exmarido con 311.563 euros por días de incapacidad, intervenciones quirúrgicas, secuelas, perjuicio moral, lucro cesante y daños en su vehículo, así como a pagar 2.783 euros a las otras dos personas perjudicadas y 15.299 euros al Servizo Galego de Saúde por los gastos médicos generados.
El tribunal declara, además, que la compañía aseguradora responde de forma directa de todas estas cantidades, aplicando el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, con los intereses legales correspondientes y descontando las sumas ya consignadas.
Para cuantificar los daños personales, los magistrados dan prevalencia al informe pericial forense frente al presentado por la aseguradora a la hora de fijar los días de curación, las secuelas y el perjuicio por pérdida de calidad de vida. Rechazan, sin embargo, aplicar el incremento del 20% por producción dolosa, al considerar que “la influencia de los elementos patológicos que presenta la condenada han tenido influencia en los hechos”, y reconocen también las indemnizaciones por los daños materiales.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.