El Supremo extiende la amnistía a exmiembros de la Mesa del Parlament encausados por desobediencia en el 'procés'

El Supremo aplica la amnistía a exdirigentes del Parlament, al exalcalde de Sabadell y a condenados por desórdenes públicos ligados al 'procés'.

2 minutos

Añadir DEMÓCRATA en Google

Publicado

2 minutos

El Tribunal Supremo ha decidido aplicar la ley de amnistía a cuatro antiguos miembros de la Mesa del Parlament de Cataluña, entre ellos su expresidente Roger Torrent, que estaban encausados por un presunto delito de desobediencia en el 'procés'.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal “declara extinguida la eventual responsabilidad penal” de Torrent, Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, todos ellos integrantes en su día de la Mesa del Parlament catalán.

Los cuatro habían sido absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al no quedar probado que vulneraran las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional al aprobar diversos acuerdos en octubre y noviembre de 2019, “ni que fueran conscientes de ningún incumplimiento”, según recuerda el Supremo.

En concreto, se les juzgó por una supuesta desobediencia al impulsar y tramitar iniciativas parlamentarias vinculadas con la autodeterminación y con la reprobación de la monarquía. Contra la sentencia absolutoria del TSJ de Cataluña se presentaron recursos ante el Supremo, que seguían pendientes, de modo que la absolución aún no era firme.

Ahora, el alto tribunal sostiene que esos recursos “quedan sin objeto” y que “procede declarar amnistiados los hechos que resultaron objeto del procedimiento, quedando extinguida cualquier clase de responsabilidad que por ellos pudiera haberse derivado para los acusados absueltos”.

En otro auto, el Supremo hace extensiva la amnistía al exalcalde de Sabadell (Barcelona), Maties Serracant, condenado a una sanción de 1.800 euros por un delito de desobediencia grave a una resolución judicial al haber puesto a disposición instalaciones municipales de Sabadell para la votación del referéndum ilegal.

Asimismo, el tribunal aplica la medida de gracia a dos personas que, según los hechos probados recogidos en otra resolución, participaron “lanzando piedras” en las movilizaciones de octubre de 2019 tras conocerse la sentencia del 'procés', por lo que habían sido condenadas a un año y medio de prisión por desórdenes públicos.

Del mismo modo, el alto tribunal acuerda la amnistía en otro procedimiento para un condenado a más de cuatro años de cárcel por desórdenes públicos en las protestas contra la sentencia, al constar que “lanzó piedras y botellas” contra los agentes, “colaboró en el levantamiento de una barricada en el chaflán” y “avivó el fuego” iniciado por otras personas no identificadas, actuando oculto tras un pasamontañas, conforme a los hechos probados.