BBVA ha recurrido ante el Tribunal Supremo la condición que impuso el Gobierno para aprobar la oferta pública de adquisición (OPA) sobre Banco Sabadell, que se produjo el pasado mes de junio y que obliga a mantener ambos bancos separados por un periodo de tres años, extensible a cinco.
En concreto, el banco presentó este recurso el pasado 15 de julio, tres semanas después de que el Gobierno anunciara la condición de la operación, según ha adelantando El Español y han confirmado fuentes de la entidad a Europa Press.
El banco ha subrayado que la decisión de llevar al Gobierno al Tribunal Supremo «no interfiere con la OPA». La noticia llega después de conocer este lunes, que la entidad presidida por Carlos Torres no desistía de la oferta pública de adquisición, a pesar de que Sabadell haya vendido TSB (su filial británica) a Santander por 3.100 millones de euros y de que haya repartido un macrodividendo de 2.573 millones de euros.
Fuentes del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, han asegurado a Europa Press que el Gobierno «ha actuado en todo momento en línea con la normativa nacional, tal y como avalan los informes de la Abogacía del Estado y con respeto a la participación de todas las instituciones involucradas y sus competencias».
Las mismas fuentes han recordado que la normativa está vigente desde 2007 y ha sido aplicada «en numerosas ocasiones desde entonces». «En cualquier caso, respetamos la decisión del BBVA», han recalcado dichas fuentes.
Condiciones del Gobierno
El Consejo de Ministro del pasado 24 de junio, acordó exigir que, durante tres años, BBVA y Banco Sabadell mantuvieran personalidad jurídica y patrimonios separados y autonomía en la gestión. Cada entidad, estableció el Ejecutivo, “deberá preservar la autonomía en la gestión de su actividad orientada al mantenimiento de los criterios de interés general, distintos de los relativos a la defensa de la competencia”.
Transcurridos esos 3 años, el Consejo de Ministros valorará la eficacia de la condición establecida, pudiendo ampliar su duración por un periodo adicional de dos años.
Apenas un día después de conocerse la decisión del Ejecutivo, el 25 de junio, el ‘country manager’ de BBVA para España, Peio Belausteguigoitia, afirmó que no se descartada la vía judicial ante esta medida, porque el deber del banco es estudiar «todas las alternativas y posibilidades» al tener un «deber fiduciario» con los intereses de sus accionistas.
Ya antes de que se conociera la decisión del Gobierno, el presidente de BBVA, avisó que la interpretación que realiza el banco de la Ley de Defensa de la Competencia es que el Gobierno puede «mantener o suavizar» los compromisos pactados entre el banco y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC). En ningún caso endurecerlos.
¿Y ahora qué?
En septiembre, BBVA tendrá que enviar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el folleto de información definitivo de la oferta de adquisición para su autorización. Una vez que la CNMV apruebe el folleto de la oferta (para lo que tiene 20 días hábiles, aunque se espera que lo resuelva con anterioridad) comenzará el periodo de aceptación (cuando los accionistas de Banco Sabadell deberán decidir sin dan el visto bueno, o no, a la oferta).
Este plazo, según el Real Decreto 1066/2007, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores, lo tiene que fijar BBVA, y no puede ser inferior a 15 días naturales (aunque la entidad vasca indica en su web que no bajará de los 30 días) ni superior a 70.
Finalmente, transcurrido el periodo de aceptación, y en un plazo máximo de 7 días hábiles bursátiles desde esa fecha, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores Españolas, publicarán el resultado de la oferta en los Boletines Oficiales de Cotización en los términos y en la sesión que indique expresamente la CNMV.