La reforma de la ley de intercambio de antecedentes penales termina en el tercer conflicto institucional de la legislatura

Las desavenencias entre Congreso y Senado por la tramitación de la ley que rebajará los años de cárcel a presos que cumplen condena se resolverá con el octavo conflicto de atribuciones de la democracia, tres de ellos iniciados en el último año

De izquierda a derecha, el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido; el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la presidenta del Congreso, Francina Armengol; y el presidente del Senado, Pedro Rollán, durante el el acto de homenaje a la Constitución, en el Congreso de los Diputados, a 6 de diciembre de 2023 | EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS)

Una ley aprobada por unanimidad en el Congreso, que desata un choque Senado-Congreso y que terminará por resolverse en el Tribunal Constitucional (TC). Ese es el resumen a trazo grueso de las consecuencias tras la tramitación parlamentaria del proyecto de ley presentado por el Gobierno para reformar la Ley Orgánica sobre intercambio de información de antecedentes penales (LO 7/2014).

La iniciativa, que pretendía adecuar la legislación nacional a la normativa de la UE, ha concluido su paso por las Cortes con una sucesión de decisiones controvertidas por parte de la presidencia de ambas Cámaras, hasta el punto de provocar un enfrentamiento entre instituciones al más alto nivel. Así, el Grupo Popular en el Senado registraba este mismo viernes un escrito para pedir al Senado que plantee un conflicto de atribuciones con el Congreso de los Diputados.

El conflicto de atribuciones es un recurso al que pueden recurrir Gobierno, Congreso, Senado o el CGPJ cuando consideran que otro de ellos está invadiendo sus competencias

Con ese movimiento, el PP inicia el procedimiento formal para que la Cámara Alta exija a la Mesa de la Cámara Baja la reconsideración del acuerdo que da por aprobada la reforma de la Ley sobre intercambio de antecedentes y su remisión al Boletín Oficial del Estado (BOE). Aunque no hay fecha oficial fijada para su aprobación, en principio tendrá lugar en la sesión plenaria del próximo 28 y 29 de octubre, según han informado a Demócrata desde el grupo del Popular.

La decisión llega tras la petición, vía carta, del presidente del Senado, Pedro Rollán, a su homóloga en el Congreso, Francina Armengol, de que revierta el acuerdo por el que la Mesa de la Cámara Baja negaba la legitimidad del veto de la Cámara Alta a la reforma de la LO 7/2014, que fue declarado por Rollán tras el pleno del lunes, 14 de octubre.

En la misiva, se pedía seguir con la tramitación de la reforma (con la convocatoria de un pleno en el Congreso para levantar el veto) y que fuera el Constitucional quien dirimiera en un futuro la disputa. Por su parte, la presidencia del Congreso se ratificaba con la publicación este mismo viernes en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del acuerdo adoptado al inicio de la semana.

Tercer conflicto de atribuciones de la legislatura

La figura del conflicto de atribuciones, contemplada en la Constitución Española (CE), es un recurso que pueden utilizar ciertos órganos constitucionales (Gobierno, Congreso, Senado o el CGPJ) cuando consideran que otro de ellos está invadiendo sus competencias constitucionales o atribuciones legales, apenas se ha usado desde su creación en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en 1979. Hasta 2023, el Constitucional se ha tenido que pronunciar en cinco ocasiones, mientras que en los últimos doce meses, se han iniciado tres conflictos institucionales más.

GOBIERNO-SENADO: VETO PRESUPUESTARIO

El pasado 20 de febrero, el Consejo de Ministros elevó al TC el conflicto institucional con el Senado por la decisión de la Mesa de la Cámara Alta de tramitar una proposición de ley del Grupo Popular para suprimir el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El Ejecutivo vetó la tramitación al entender que su aprobación implicaría una merma de los ingresos del Estado. Desde el órgano rector del Senado rechazaron la disconformidad del Gobierno al considerar que de aprobarse, el texto afectaría a futuros Presupuestos Generales, pero no a los que están en vigor.
SENADO-CONGRESO: LEY DE AMNISTÍA

En el caso de la Amnistía, el pasado marzo, el Pleno del Senado, a instancias del Grupo Popular, planteaba un conflicto de atribuciones con la Cámara Baja. La Cámara Alta consideraba que la ley de borrado penal era en realidad una reforma encubierta de la Constitución y por tanto el Senado se veía «mermado en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales al impedírsele la tramitación de la iniciativa de acuerdo con el procedimiento que correspondería».

La Mesa del Congreso rechazó el conflicto y el Grupo Popular decidió no seguir adelante con él, lo que exigía acudir al TC. Al final pidieron la retirada del mismo, a mediados de mayo.

El próximo conflicto institucional entre Senado y Congreso, el segundo entre las dos cámaras de las Cortes en lo que va de democracia, es la cuarta disputa que mantienen PP y PSOE con las instituciones de por medio desde el arranque de la legislatura. A Ley de Amnistía, el desencuentro por el veto presupuestario y las desavenencias por la ley de antecedentes penales se suma una reforma del Reglamento del Senado, la que permitía a la Cámara Alta modificar la declaración de urgencia para la tramitación de proposiciones de ley, que el Grupo Socialista pide anular con un recursos de inconstitucionalidad admitido ya a trámite en el TC.

¿Cómo se ha llegado hasta ahí?

Aprobado sin ningún contratiempo en el Congreso, el proyecto de ley sobre antecedentes penales incluía una enmienda del Grupo Sumar para que los años de prisión cumplidos en el extranjero se descuenten en todos los casos a la hora de computar los años totales que un preso puede pasar encarcelado en España. La modificación, que beneficiará a entre otros, condenados por terrorismo, pasó desapercibida para la oposición, hasta el punto de no presentar enmiendas o propuestas de veto en el Senado dentro del plazo para ello.

Cuando PP y Vox se percataron del alcance de la enmienda ya era tarde: solo quedaba una votación final en el Pleno de la Cámara Alta, un acto que en principio no tenía mayor trascendencia que el de manifestar la postura de la institución.

Tras una aplazamiento a petición del PP, que sacó el asunto del orden del día del pleno del pasado 8 de octubre, el Senado celebraba este lunes, día 14, un pleno extraordinario para esa votación final. ¿El resultado? Una mayoría absoluta (PP, Vox y UPN) en contra del texto que el presidente, Pedro Rollán, esgrimió junto a un informe encargado a la secretaría general de la Cámara para dar por vetada la iniciativa. Aunque no se habían seguido los cauces reglamentarios para vetarla, la interpretación de veto determinada por Rollán fue rechazada al día siguiente, 15 de octubre, por la Mesa del Congreso, donde PSOE y Sumar tienen la mayoría.

El órgano rector de la Cámara Baja negaba la validez del acto por dos razones. La primera, que «se habría producido vencido el plazo estipulado en el artículo 90.3 de la Constitución» y la otra, «que el acuerdo de rechazo adoptado no puede considerarse un veto» por no adecuarse a lo dispuesto por la Carta Magna y la jurisprudencia constitucional. Así las cosas, el miércoles, día 16, el presidente del Senado dirigió una carta a Francina Armengol.

En ella le recrimina la ausencia de informe alguno de los servicios jurídicos que respalden su decisión, al tiempo que considera un «exceso competencial» el rechazo del veto y le rebate que hubiera expirado el plazo de tramitación en el Senado para finalizar pidiéndole que la disputa se resuelva en el TC y revierta la decisión de dar por aprobada la reforma de la LO 7/2014.

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