Actualizado el 16 de mayo con el resultado del debate y la votación
Dos plenos para esta semana y los dos de carácter extraordinario. Si hace un par de semanas la Mesa del Senado, con mayoría del PP, decidía agendar una sesión plenaria, tras las elecciones catalanas, para debatir los vetos a la Proposición de Ley Orgánica (PLO) de Amnistía, ayer, el órgano rector de la Cámara acordó incluir una nueva convocatoria del Pleno, para el 16 de mayo.
La cita de este jueves tendrá lugar a instancias del Grupo Popular en el Senado, que ayer, a primera hora de la mañana, registraba su propuesta de «suspensión del acuerdo adoptado (…) sobre el planteamiento de un conflicto de atribuciones al Congreso«. El escrito del PP, consultado por este medio, se refiere así al acuerdo del Pleno de la Cámara Alta, del pasado 10 de abril, por el que se requería a la Cámara Baja la retirada de la PLO de Amnistía o «la anulación de su calificación y admisión a trámite y de todo lo actuado desde aquel momento». Consideran que desde el Congreso no se ha seguido el procedimiento adecuado y hay que esperar a que el Congreso «pueda pronunciarse en la forma correcta».
El Senado, de nuevo a instancias del PP, ejercía así hace algo más de un mes su potestad para iniciar un conflicto de competencias, de atribuciones para ser precisos, regulada en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en sus artículos 59.1 y 73-75. La figura del conflicto institucional es el procedimiento al que pueden recurrir ciertos órganos constitucionales (Gobierno, Congreso, Senado o el CGPJ) cuando estiman que otro de ellos está invadiendo sus competencias constitucionales o atribuciones legales. Desde el Senado se entendía que la tramitación de la amnistía vía PLO era fraudulenta al tratarse de una «reforma constitucional encubierta» y por ello se instaba al Congreso a ponerle fin.
Fin del plazo para el Constitucional
La petición de los populares de convocar un nuevo pleno se produce cuando se cumple el mes, este mismo jueves, con el que cuenta el órgano que inicia el conflicto de atribuciones (el Senado en este caso) para elevarlo al Tribunal Constitucional (TC) una vez que el órgano al que se dirige la reclamación sobre la invasión de competencias responde de forma negativa (como hizo el Congreso, el 16 de abril) o directamente no responde.
Desde el PP afirman que con la suspensión del acuerdo por el que se inició el conflicto de atribuciones, que se aprobará previsiblemente en el pleno de mañana, la iniciativa queda aplazada y sus plazos, en suspenso. La realidad es que lo que se debatirá y votará en el Pleno es dejar sin efecto dicho acuerdo, el adoptado por el Senado el 10 de abril. En la práctica, esto se traduce en poner fin al conflicto institucional iniciado con el Congreso y a una renuncia a llevarlo al TC para que sea este órgano el que dirima si se ha producido o no invasión de competencias.
«Incompetencia» de la Mesa del Congreso
El escrito del Grupo Popular que se votará mañana justifica la petición de suspensión del acuerdo que activó el conflicto de atribuciones en la forma en la que se tramitó su respuesta desde el Congreso de los Diputados, donde la Mesa (con mayoría del PSOE y Sumar) acordó «rechazar el requerimiento formulado por el Senado, por estimar que el Congreso ha actuado en el ejercicio constitucional y reglamentario de sus atribuciones». La Mesa despachaba así la cuestión, previa petición de un informe a los servicios jurídicos de la Cámara en el que se cargaba con dureza contra la iniciativa del conflicto y las consideraciones legales sobre las que se motivaba.
Los populares entienden que dicho órgano, la Mesa, «no es competente para juzgar sobre la falta de procedencia del conflicto, ni para solicitar al Senado que desiste del mismo», una potestad que entienden que pertenece al Pleno del Congreso.
«La Mesa no puede actuar en representación del Pleno«, recoge el escrito del PP. «Las competencias de la Mesa son de atribución específica y concreta (…) No tiene atribuidos, ni en la legislación ni en la jurisprudencia, poderes o competencias implícitos o inherentes». En el PP consideran que desde el Congreso no se ha respondido al requerimiento formulado por el Senado «dada la manifiesta incompetencia de la Mesa del Congreso para la contestación». Esa necesidad de una respuesta es para los populares un paso previo «procesal necesario para la judicialización del conflicto ante el Tribunal Constitucional».
Plazo de un mes ante silencio administrativo
No obstante, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional sí contempla, en su artículo 73, el supuesto de que el órgano al que se dirige el conflicto de atribuciones (Congreso) no responda (como estima el PP que ha sucedido con el Congreso). Si en el plazo de un mes no hay respuesta (desde el pasado 11 de mayo), se entiende que se ha producido silencio administrativo y el procedimiento del conflicto institucional puede seguir avanzando.
A partir de ese momento, el órgano que planteó el conflicto (Senado) dispondría de un mes para, si lo cree conveniente, dirigir un escrito de planteamiento de conflicto ante el Constitucional. De lo contrario, expirado ese plazo, la iniciativa llega a su fin.
SUSPENDIDO EL ACUERDO CON EL ÚNICO VOTO DEL PP En la votación para suspender el acuerdo por el que se inició el conflicto de atribuciones solo han participado el Grupo Popular, una senadora de Vox (Paloma Gómez Enríquez), la de Unión del Pueblo Navarro (María Mar Caballero Martínez) y de Coalición Canaria (Pedro Manuel Sanginés Gutiérrez). El resto de senadores presentes no han votado para expresar así su desacuerdo con la convocatoria de un pleno extraordinario con este asunto como único punto del día. Así ha quedado la votación: *Sí: 140 votos (PP) *No: 1 (Vox) *Abstención: 2 (UPN y CC) 106 señorías no han votado y 17 no han ido al pleno (4 del PP, 4 del PSOE, 2 de ERC, 2 de Vox, 1 de Junts, el de Agrupación Herreña Independiente, la del BNG, el de la Agrupación Socialista Gomera y el independiente por Ibiza).