La tramitación de la norma para regular los grupos de interés, los conocidos como lobbies, a nivel nacional llega a un punto crítico: el de la fase de ponencia, donde los representantes de los grupos parlamentarios discuten las enmiendas registradas y deciden qué cambios se hacen sobre el texto original para luego elaborar el dictamen que si cuenta con los apoyos necesarios se eleva al Pleno del Congreso. A primera hora de hoy, miércoles 19 de noviembre, se reúne la ponencia, cuyo dictamen definitivo se quiere llevar a votación a uno de los dos plenos que restan antes de fin de año.
Sin propuestas de modificación por parte del PSOE, casi todas las fuerzas con representación en el Congreso han registrado cambios para el proyecto de Ley de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, al que se han presentado 115 enmiendas por parte de PP, Vox, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV, Podemos y BNG, formaciones que ya manifestaron sus discrepancias con la propuesta del departamento de Óscar López durante el debate en el que se rechazó la enmienda a la totalidad de los de Santiago Abascal.
El proyecto de ley de ‘lobbies’, en manos del PP
Para sacar adelante la norma, el Gobierno cuenta con dos posibilidades. Por un lado, los socios parlamentarios habituales, a los que habría que sumar a Junts. Esta vía, en otros momentos de la legislatura habría sido el camino factible. Sin embargo, la ruptura de la formación independentistas con el Gobierno y los dos partidos que lo integran dejan el proyecto de ley en manos del Partido Popular.
Preguntados al respecto, las fuentes de Junts en el Congreso consultadas por Demócrata trasladan que este proyecto no forma parte del catálogo de iniciativas legislativas sobre las que los de Carles Puigdemont sí están dispuestos a negociar por considerarlas beneficiosas para Cataluña y en consecuencia trasladan a este medio que van a votar en contra de la misma. Aunque un eventual ‘No’ de PP, Vox y Junts en la comisión podría salvarse por el Gobierno y sus socios (la composición de las comisiones en esta legislatura no es proporcional a la representación en el Pleno), las mismas posiciones sobre el dictamen llevado a pleno sumarían 176 noes, la mayoría absoluta de la Cámara.
Por otra parte, este es uno de los pocos proyectos en los que los dos partidos mayoritarios podrían entenderse en estos momentos en las Cortes, por lo que no es descartable al menos la abstención del Partido Popular. La falta de regulación de los grupos de interés es una carencia que España arrastra desde hace ya años, como vienen señalando de forma sucesiva diferentes organismos internacionales. Uno de los aspectos que podrían complicar el acuerdo es la pretensión de Junts de hacer valer vía enmiendas algunos de sus acuerdos en otras materias con el PSOE, como el traspaso de competencias a Cataluña sobre funcionarios locales de habilitación nacional.
Entre las enmiendas planteadas, hay cierto consenso entre diferentes fuerzas sobre aspectos como la necesidad de reforzar la independencia del órgano encargado de la aplicación y supervisión de la ley, mientras que en cuestiones como los sujetos a los que debe aplicarse la normativa sobre lobbies hay grandes discrepancias que obligarán al PSOE a tomar parte por sus socios o por PP y Vox. A continuación, los aspectos claves sobre los que trabajará la ponencia y que determinarán los cambios que se incluirán en el proyecto de ley.
A vueltas con qué se considera grupo de interés
El texto original del Ejecutivo no considera grupo de interés a partidos u organizaciones políticas, sindicatos, patronales, colegios profesionales, las AA.PP, organismos públicos internacionales, autoridades extranjeras o misiones públicas no pueden considerarse grupos de interés.
EH Bildu, Podemos y BNG demandan en sus enmiendas ampliar los sujetos excluidos para dejar fuera del registro y las obligaciones de transparencia a organizaciones, grupos, asociaciones, foros o cualquier otro tipo de entidades sin ánimo de lucro en defensa de derechos colectivos, sociales o por el bien común.
Vox, por su parte, ha registrado una enmienda para que se incluya a partidos, sindicatos, y organizaciones empresariales, mientras que el PP también quiere que se tengan en cuentan ciertas actividades de organizaciones sindicales, patronales y colegios profesionales.
¿Qué personal público es susceptible de influencia?
El proyecto de ley alude a toda persona considerada alto cargo por el artículo 1.2 de la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la AGE (Administración General del Estado), como pueden ser miembros del Gobierno y secretarios de estado, subsecretarios o secretarios generales; jefes de misión diplomática permanente; secretarios generales técnicos o directores de la AGE ; máximos responsables o altos cargos en entidades el sector público estatal, vinculadas o dependientas de la AGE; de reguladores o supervisores, entre otros.
Además, la norma aplicaría a miembros de gabinetes que «prestan funciones de confianza o asesoramiento especial», en los términos del artículo 10 de la Ley del Gobierno, esto es, personal de los gabinetes del presidente, ministros y secretarios de Estado, así como personal directivo público y resto de personal de la AGE y el sector público institucional.
El PNV y Junts quieren delimitar más el alcance para que solo afecte a personas que intervengan de forma efectiva en la toma de decisiones en políticas públicas, mientras que Podemos y Bildu pretenden que por esta norma se someta a regulación a diputados, senadores, personal de las Cortes y jueces y magistrados del Poder Judicial.
Por su parte, el PP aspira a que entre el personal eventual abarque también a todas «aquellas personas que ocupen cargos de confianza o asesoramiento y que participen en la toma de decisiones o en el diseño de políticas públicas», así como a los miembros de órganos consultivos y asesores «vinculados a la formulación de políticas públicas dentro de la Administración General del Estado».
¿Qué incluirá y cómo funcionará el Registro?
La falta de concreción de algunos aspectos de la norma es algo sobre lo que ya advertía la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia y Relaciones con las Cortes, en su informe sobre el anteproyecto de ley. Así, los datos identificativos obligatorios, las normas relativas a la organización y funcionamiento del Registro de Grupos de Interés o los procedimientos a seguir por el personal público que pudiera incurrir en conflictos de interés son asuntos que la propuesta del Gobierno pospone a un futuro desarrollo reglamentario.
Los grupos, en especial PP y Sumar, son más precisos y quieren que en la ley aparezcan datos mínimos como la identificación amplia de las personas responsables de los grupos de interés, cada una de las personas autorizadas para interactuar en nombre de cada grupo de presión, señalar si estas personas, los objetivos y ámbitos de interés, pertenencia a redes, mesas sectoriales, grupos de trabajo, órganos consultivos u otras formas de sindicación o información financiera relacionada con la actividad de influencia (como costes de los recursos anuales destinados a actividades de lobby o fuentes e importes recibidos en concepto de financiación pública).
La actividad de influencia en la que se haya intervenido es otro de los objetos de enmienda de populares y los de Yolanda Díaz, que piden que toda comunicación entre un grupo de interés y personal público afectado por la ley debe publicarse en el Registro y en el Portal de Transparencia, con amplio detalle sobre los participantes en cada intercambio, el contenido, el resultado y los documentos o información entregados. En una línea similar se mueve el PP.
El carácter de la información incluida en el Registro es también objeto de enmiendas de los grupos. Tanto PP como Sumar apuestan por que los datos publicados lo sean en formato abiertos y reutilizables, a la vez que instan a su integración con otras plataformas o herramientas de rendición de cuentas, como agendas de personal público o el Portal de Transparencia de la AGE
El proyecto del ley del Gobierno propone una sola actualización al año de la información. En contraposición, los de Núñez Feijóo plantean que «la información deberá actualizarse, garantizando que refleje de manera precisa la actividad reciente de los grupos de interés», pero sin mayor concreción, como sí hacen desde el Grupo Plurinacional de Sumar, que fijan un refresco de los datos del Registro cada quince días.
¿Qué hará falta para poder ejercer como grupo de interés?
Un tiempo de hasta tres meses es el tiempo que concede el artículo 7 proyecto de ley a la Oficina de Conflictos de Intereses para resolver las solicitudes de inscripción en el Registro. El PP lo enmienda de forma que, cuando un grupo de interés registre su solicitud de inscripción, reciba «automáticamente un justificante de la presentación de la declaración responsable».
La propuesta del Gobierno deja abierta, «con carácter excepcional», la opción de que el personal público se relacione con un grupo de interés sin que este haya solicitado inscripción en el Registro siempre y cuando se comprometa por escrito a hacerlo en el plazo de los tres días siguientes a al contacto, encuentro o reunión. a En contraposición, otra enmienda del PP propone suprimirlo.
A este respecto el PP quiere que la inscripción en el Registro de Grupos de Interés (RGI) tenga «efectos plenos» en todo el país. Permitiría así, sin necesidad de inscripción en otros registros, «el acceso y ejercicio de la actividad de influencia legítima» en las administraciones públicas de los niveles autonómico y local, así como ante las «entidades instrumentales» de cada una de ellas.
¿Qué forma tendrá el supervisor?
El órgano competente al que el Gobierno adscribe la puesta en marcha, el funcionamiento del Registro de Grupos Interés y la aplicación de la regulación contenida en el proyecto de ley es la Oficina de Conflictos de Interés, organismo dependiente del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública de Óscar López y cuya presidencia es nombrada directamente por el Gobierno.
El PP exige que este órgano, regulado en el artículo 15, sea «una autoridad independiente creada a tal efecto», como también propone en diferentes enmiendas a dicho artículo EH Bildu (Oficina Independiente de Buenas Prácticas e Integridad Pública la denominan los independentistas vascos).
Mientras que los populares no hacen alusión a ninguna entidad concreta, Sumar considera conveniente que sea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno quien se encargue de las competencias, aunque piden que se le separe de la Administración General del Estado, se le dote de recursos suficientes y goce de plena autonomía respecto al Ejecutivo. Precisamente el Consejo de Transparencia, también con un refuerzo de sus recursos y con «plena autonomía funcional respecto» del Ejecutivo, es a quien atribuye el PP las funciones, en una disposición transitoria nueva, como solución mientras no exista la Autoridad Independiente.
¿Habrá sanciones para el personal público?
En lo que al proyecto de ley se refiere no se contemplan sanciones específicas adicionales para el personal público considerado «susceptible de influencia» más allá de las establecidas en su régimen específicos: el recogido en la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Sobre este aspecto, el Gobierno ha optado por llevar sus propuestas de modificación del régimen de altos cargos a la futura Ley de Administración Abierta, actualmente en fase de anteproyecto, donde quieren rebajar las sanciones graves.
Desde Sumar han propuesto un nuevo artículo de obligaciones del personal público en su relación con los grupos de interés, que entre otras contempla la obligación de hacer públicas todas las reuniones, incluirlas en sus agendas en el Portal de Transparencia en el caso de altos cargos. A la vez incluyen un régimen sancionador por incumplimientos para altos cargos, funcionarios y empleados públicos.
¿Cómo quedará el régimen sancionador?
Aquí de nuevo surgen discrepancias en cuanto a plazos y conductas punibles. Por ejemplo, Sumar pone sobre la mesa ampliar el catálogo de infracciones con la ocultación alteración o destrucción de documentación utilizada en las comunicaciones con los grupos de interés. En cuanto a las sanciones, plantean que el máximo suba desde los dos del proyecto de ley a cinco, con la opción de que en caso de reincidencia tras cometer una falta muy grave, se prohíba la inscripción permanente en el Registro. A la hora de castigar a personal públicos, remiten al régimen disciplinario del Estatuto Básico del Empleado Público.















