La identidad digital europea, más cerca. Aunque el anuncio del acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE comunica que, por fin, dispondremos de una identidad digital europea, su enunciado, sin embargo, es equívoco. No ya por la misma polisemia de la noción de identidad, acentuada en el ámbito digital, sino porque induce a confundirla con identificación.
Cierto que, cuando nos adentramos en los detalles de las preguntas y respuestas con que se explica el contenido de la propuesta de nuevo Reglamento eIDAS, constatamos que se trata de un instrumento para facilitar la identificación; pero no solo.
Identidad e identificación
Toda la literatura sobre el concepto de identidad personal revela su carácter evolutivo. Una evolución que parte de los elementos físicos y genealógicos, encuadrables bajo la categoría de biológicos, hasta abarcar a elementos espirituales o ideales; tales como el pensamiento, la creación intelectual o artística, la ideología, las creencias o la orientación sexual.
Todos ellos integrantes del patrimonio intelectual y moral de las personas, que debe ser protegido frente a usurpaciones o intromisiones. Máxime cuando la tecnología facilita el perfilado con sesgos que pueden suponer discriminaciones en función de la edad, el género, la raza, las creencias o la ideología.
