La jornada laboral de 35 horas en la Administración: verdades y mentiras

Luis Manent Alonso, letrado de Gobierno de la Comunidad Valenciana, ahonda en medidas y propuestas para modificar la jornada laboral en España, el papel de la Administración Pública, la situación de las CCAA y procedimientos en torno a dicha modificación

Una de las promesas electorales del gobierno de coalición entre PSOE y Sumar fue la implantación de la jornada laboral de 37 horas y media semanales en 2025.

Además, según afirman fuentes gubernamentales se pretende hacer sin que se produzca una merma salarial ni afecte al salario mínimo interprofesional y de manera progresiva. Por ahora no ha trascendido el borrador del proyecto de ley que modifique el Estatuto de los Trabajadores, por lo que poco más se puede adelantar de esta cuestión.

Lo que sí que puede decirse es que la jornada laboral inferior a las 37 horas y media, aunque de manera desigual, ya está aplicándose en el sector público.

En la Administración General del Estado, la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 28 de febrero de 2019, fija una jornada de 37 horas y medio en cómputo anual, salvo para los puestos de especial dedicación.

La situación en las CCAA

Sin embargo, algunas Administraciones de Comunidades Autónomas han pactado con los sindicatos mejores condiciones laborales en la jornada de trabajo de sus empleados públicos. Este es el caso de la Junta de Comunidades de Castilla y León, cuyo Consejo de Gobierno aprobó el 30 de marzo el decreto-ley 1/2023, de 30 de marzo, para establecer la jornada de trabajo de 35 horas en cómputo semanal para los empleados públicos de esta Administración desde el 1 de junio pasado.

Algunas Administraciones de Comunidades Autónomas han pactado con los sindicatos mejores condiciones laborales en la jornada de trabajo de sus empleados públicos

La Junta de Castilla-León, fue la más rápida en aplicar la jornada laboral de 35 horas, pero no la única. En este sentido, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia dio luz verde a la jornada de 35 horas en la Administración de la Comunidad Autónoma y su sector público el 21 de diciembre de 2023 y con efectos desde el 1 de enero de este año.

Otras Comunidades Autónomas, también han llegado al mismo acuerdo, con un plazo de cadencia. Es el caso del Servicio Aragonés de Salud, cuya mesa sectorial de 27 de noviembre de 2023 acordó implantar la jornada laboral de 35 horas de su personal estatutario, pero a partir de 2016. Dicho acuerdo fue ratificado por el Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón el 26 de diciembre de 2023 tal y como exige el artículo 80 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Ante esta disparidad de situaciones cabe plantearse, ¿por qué esta «carrera» por reducir la jornada laboral de los empleados públicos a lo largo de 2023? La respuesta la tienen las leyes de Presupuestos Generales del Estado (PGE).

¿Por qué esta «carrera» por reducir la jornada laboral de los empleados públicos a lo largo de 2023? La respuesta la tienen las leyes de Presupuestos Generales del Estado (PGE)

El poder de los Presupuestos Generales del Estado

El exministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, en 2012, en plena crisis de la deuda soberana introdujo una disposición adicional (DA) -la 71- en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de PGE para 2013 para impedir que la jornada del personal del sector público pudiera ser inferior a las 37 horas y media semanales en cómputo anual.

El Tribunal Constitucional «bendijo» la posibilidad de las Cortes Generales de establecer este tipo de medidas para todas las Administraciones Públicas al declarar la inconstitucionalidad la Junta de Andalucía, que reintrodujo la jornada laboral de 35 horas, el Decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre.

Pues bien, el mismo Montoro, en la Ley 6/2018, de 27 de julio, de PGE para 2018, posibilitó, también mediante una DA -la 144-, que las Administraciones Públicas negociasen una jornada laboral de 35 horas siempre y cuando se observasen dos requisitos: el cumplimiento, en el ejercicio presupuestario anterior, de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y la regla de gasto y que la medida no afectase al objetivo de la temporalidad en el empleo público del 8%.

Esto fue así hasta que la DA 144 de la LPG para 2018, de vigencia indefinida, fue modificada por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para 2023. Con esta reforma se mantuvo el requisito de la tasa de la temporalidad inferior al 8%, pero se suprimió el del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto en el ejercicio anterior.

Mientras éste último requisito fue conditio sine qua non, ninguna Administración autonómica hizo uso de la posibilidad de reducir la jornada laboral a 35 horas semanales en cómputo anual. Al haberse suprimido este último requisito con efectos de 1 de enero de 2023, empezó la competición por rebajar la jornada laboral de 37 horas y medio semanales en el sector público.

Ninguna Administración autonómica hizo uso de la posibilidad de reducir la jornada laboral a 35 horas semanales en cómputo anual.

Llegados a este punto, cabe recordar que la Ley Iceta -el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de junio- estableció unos procesos extraordinarios de consolidación que tienen que conseguir, a fecha de 31 de diciembre de 2024, el objetivo de la temporalidad del 8% en el empleo público. Lo hizo porque Bruselas lo impuso como parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para poder percibir los 140.000 millones del marco financiero plurianual 2021-2027 y los fondos NextGenerationEU.

A ello cabe añadir que, según la última encuesta de población activa (EPA) del primer trimestre de 2023, la temporalidad en el empleo público ha subido 1’1% respecto de la anterior (del 30’2 al 31’3%).

Con estos datos cabe plantearse si los decretos leyes y acuerdos de consejos de gobierno autonómicos de minoración de la jornada laboral están tomando en consideración el objetivo de la temporalidad del 8%.

Más importante aún es necesario preguntarse si estamos «haciendo trampas al solitario» y si esta «mentira» puede comprometer la percepción de los fondos comunitarios

Más importante aún es necesario preguntarse si estamos «haciendo trampas al solitario» y si esta «mentira» puede comprometer la percepción de los fondos comunitarios con los que salir adelante tras la crisis de la Covid-19 -y de la Guerra de Ucrania-. El problema está en quién está dispuesto a «poner el cascabel al gato» y asumir el coste político de impugnar o revertir unas medidas tan populares.

SOBRE LA FIRMA
Luis Manent Alonso es letrado de Gobierno de la Comunidad Valenciana, presidente de la Sección de Derecho Administrativo Económico de la Corporación Académica de Ciencia y Derecho y abogado de la Generalitat Valenciana.
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