La escena, por tan cotidiana, ya no llama nuestra atención. En cualquier local, en cualquier hogar, los dispositivos móviles son el principal compañero de juego de nuestros niños, incluso de muy corta edad. ¿Cuánto de inofensivo hay en ello? ¿Cuáles son los peligros para los menores? ¿Quiénes deben protegerlos frente a ellos?
La tecnología digital y el impacto de las redes sociales exponen a los menores a amenazas reales y riesgos desconocidos. Hace unos meses se publicó en los Estados Unidos el informe Social Media and Youth Mental Health, que constata una verdadera epidemia de salud mental infanto-juvenil asociada al uso incontrolado de dispositivos móviles.
Las nuevas formas de aprender y de relacionarse con que cuentan los menores, también los exponen al acceso a contenidos inapropiados, al uso excesivo, al acoso e incluso a nuevos modos de violencia.
«META conoce desde hace años los graves perjuicios ligados al tiempo que los jóvenes pasan en sus plataformas»
Para salvaguardar los derechos e intereses de los niños y adolescentes, responsables políticos, investigadores, empresas tecnológicas, medios de comunicación, familias y jóvenes hemos de adoptar un enfoque activo e interdisciplinar. Se requiere un esfuerzo regulatorio, sin duda, pero no será suficiente. Y ¿mientras tanto?
El pasado día 24 de octubre los fiscales generales de 41 estados de los Estados Unidos presentaron una demanda federal de responsabilidad contra META, la propietaria de Facebook e Instagram. Otro estado presentará su propia demanda federal, y ocho estados más, han reclamado ante sus propios tribunales.
«La demanda federal se asemeja, como algunos fiscales recordaron, a las planteadas contra las grandes tabaqueras»
Los fiscales generales de 50 estados americanos denuncian que META ha diseñado intencionadamente sus plataformas con características que favorecen la adicción de los menores y perjudican su normal desarrollo. Alegan que ha diseñado funciones para sus plataformas que acentúan las vulnerabilidades de los jóvenes usuarios. Entre otras, algoritmos concebidos para fomentar el uso compulsivo; funciones de comparación social; alertas incesantes; filtros visuales que provocan la dismorfia corporal de los usuarios jóvenes; presentación de contenido en formatos diseñados para dificultar la desconexión (infinite scroll).
META conoce desde hace años los graves perjuicios ligados al tiempo que los jóvenes pasan en sus plataformas. Así se desprende de los estudios internos encargados por la empresa, mantenidos en secretos hasta que un denunciante los filtró. La demanda federal se asemeja, como algunos fiscales recordaron, a las planteadas contra las grandes tabaqueras.
El pasado 30 de octubre, el Presidente Biden, con fundamento en una Ley de hace 75 años (Ley de Producción de Defensa – DPA-), dictó una Orden ejecutiva de alcance general para regular la Inteligencia Artificial (IA). Una Orden de amplio alcance, necesitada de ulteriores desarrollos en plazos breves, que contempla nuevos estándares para la seguridad, la protección y la innovación de la IA.
El objetivo general de la Orden es promover la innovación, la competencia y la colaboración responsables mediante la supervisión y la regulación. Esta regulación pretende garantizar que las aplicaciones de IA sean transparentes y seguras, respetan los derechos civiles, la protección de datos y la privacidad y asegurar el liderazgo de los EE. UU. en el desarrollo de la IA.
Dos días después, los líderes de 28 Estados alcanzaron en Bletchley Park un primer acuerdo mundial sobre las oportunidades y los riesgos que plantea la IA y la necesidad de que los gobiernos trabajen juntos para enfrentar los desafíos más importantes.
«En tanto cristalizan los proyectos regulatorios, de ardua y lenta tramitación, hemos de evitar sucumbir a la tentación de considerar terra nullius a la IA»
Simultáneamente, el Parlamento Europeo ultima el Reglamento que regulará la Inteligencia Artificial -primera Ley integral en la materia-; un ambicioso propósito que debe superar hasta final de año el diálogo con los Estados miembros. Diálogo que encuentra su principal escollo en la regulación de los modelos fundacionales, según terminología acuñada Human-Centered Artificial Intelligence Institute (HAI) de la Universidad de Stanford.
Volviendo a META, el pasado 27 de octubre, el European Data Protection Board (EDPB) ha dictado una decisión vinculante urgente por la que ordena a la agencia de protección de datos de Irlanda, como autoridad de control principal para que en el plazo de dos semanas adopte las medidas necesarias para prohibir a Meta Ireland Ltd. el tratamiento de datos personales con fines de publicidad conductual en todo el Espacio Económico Europeo.
En tanto cristalizan los proyectos regulatorios, de ardua y lenta tramitación, hemos de evitar sucumbir a la tentación de considerar terra nullius a la IA. Tenemos un conjunto de normas y de instituciones que deben adaptar su respuesta a esta nueva realidad. Han de hacerlo con el necesario aparato coactivo; también con la conciencia social de que los ciudadanos tenemos una responsabilidad que cumplir, protegiendo nuestra privacidad y defendiendo nuestros derechos.
SOBRE LA FIRMA Pilar Blanco-Morales Limones es catedrática de Derecho internacional privado, docente en la actualidad en la Universidad de Sevilla. Ha sido vicepresidenta primera (2017-2023) y consejera de Hacienda y Administración Pública (2015-2023) de la Junta de Extremadura, además de directora general de los Registros y el Notariado, en el Ministerio de Justicia (2004-2009).