El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una Proposición de Ley en las Cortes de Castilla y León que busca modificar la Ley de Publicidad Institucional de la región. El objetivo es precisar que el tope del 33% en la inversión publicitaria solo afecta a los fondos provenientes de la Junta, y no interfiere con otras entidades o autoridades que posean presupuestos distintos dentro de la Comunidad Autónoma.
Desde el Grupo Socialista se ha comunicado que con esta iniciativa se pretende plasmar en la ley el propósito de la enmienda transaccional que establece que dicho límite se aplica exclusivamente a la Junta, facilitando así que los medios de comunicación puedan acceder a mayores recursos de otras administraciones públicas.
Esta propuesta surge tras la aprobación de la Ley el pasado 25 de junio en las Cortes, que fue respaldada por todos los grupos a excepción del PP, que rechazó participar en lo que calificaron de “chapuza legislativa”, según palabras del procurador de Unidas Podemos, Pablo Fernández, quien admitió fallos durante el debate de la norma.
La modificación afecta principalmente a dos aspectos del artículo ocho. En el punto nueve, relacionado con el porcentaje establecido, se añade que si el propietario del medio posee más de una actividad económica, se calculará el importe neto de ingresos únicamente del medio de comunicación.
Los socialistas también modifican el punto seis, donde se estipula que un medio no puede recibir contratos de publicidad institucional si ha sido condenado repetidamente y con sentencia firme por infracciones que afecten al honor, la intimidad o la imagen propia, o por delitos de odio. Se especifica que se considera reiteración si acumula tres condenas en los últimos tres años, o dos en los últimos dos, contando desde la fecha del concurso. Además, se consideran condenas tanto al medio como a sus directivos y colaboradores si hubo conocimiento, tolerancia o falta de supervisión.
Además, la prohibición puede ser levantada si el medio demuestra haber implementado medidas de prevención y control editorial efectivas, supervisadas por un organismo independiente, si han transcurrido más de dos años desde la última condena sin nuevas sentencias por los mismos motivos, o si existen razones de interés público que justifiquen la contratación, lo que debe ser resuelto y publicado en el portal de transparencia. Antes de aplicar esta medida, se otorgará un plazo de quince días hábiles para que el medio presente las alegaciones pertinentes.










