¿Cómo se tramita una Proposición de ley del Senado?

El proceso ataña también al Congreso y atesora una serie de particularidades

Imagen de archivo de un pleno del Senado

Imagen de archivo de un pleno del Senado

En la Legislatura XV la actividad del Senado se prevé de mayor relevancia dado la mayoría absoluta del Partido Popular, en contraposición a lo que ocurre en el Senado, donde el PSOE articuló una mayoría parlamentaria junto con sus socios habituales para hacer presidenta a Francina Armengol y controlar la Mesa. Los populares impulsarán su agenda legislativa desde la Cámara Alta, como ha ocurrido con su modelo fiscal. En este sentido, desde Demócrata repasamos cómo se tramita una Proposición de ley en el Senado.

La Cámara Alta exige un grupo parlamentario o 25 senadores para poder registrar una proposición de ley, la cual habrá de presentarse con una exposición de motivos, un texto articulado y, en su caso, una memoria de coste económico.

Una vez registrada, el presidente del Senado ordenará su publicación en el Boletín de forma inmediata y, desde su publicación, se abrirá un plazo de 15 días para que otros grupos parlamentarios, u otros 25 senadores, puedan presentar otras proposiciones de ley, que deberán tener sustancialmente el mismo objeto o materia que la publicada.

Asimismo, el presidente remite la proposición de ley al Gobierno para que éste manifieste su conformidad o no a la tramitación, si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios. Si transcurren 30 días sin respuesta del Gobierno, la conformidad se entiende concedida y la proposición de ley estaría en condiciones de ser incluida en el orden del día de una sesión plenaria para su toma en consideración. En caso contrario, la proposición de ley decaería.

Si superados esos trámites la toma en consideración es favorable, el presidente la remitiría al Congreso para que continúe su tramitación.

Turno del Congreso

Recibida la proposición de ley en el Congreso, la Mesa abrirá el plazo de enmiendas y podrán presentarse enmiendas a la totalidad, exclusivamente de devolución, es decir que no caben las enmienda a la totalidad con texto alternativo.

Si se presentan enmiendas a la totalidad de devolución, se debatirían en un pleno y si prosperasen, la proposición de ley habrá decaído. Si las enmiendas de devolución no prosperasen, el texto se remitiría a la Comisión correspondiente para continuar su tramitación como cualquier otra proposición de ley.

Particularidades del debate de toma en consideración en el Senado

Si se hubieran presentado proposiciones de ley alternativas a la primera registrada, se debatirán en el mismo orden de presentación y se votarán también en el mismo orden, en su totalidad o por artículos. Aprobada una de ellas en su totalidad, se entenderá efectuada su toma en consideración, y el presidente la remitirá al Congreso para continuar su tramitación.

Si solo se aprobase un grupo de artículos, se procedería a votar las restantes proposiciones de ley, hasta completar, sin contradicción con lo aprobado, el ámbito de las materias reguladas en la proposición de ley originaria. Y en este caso, tendría que realizarse una votación de totalidad del texto resultante que, de ser aprobado, supondría la toma en consideración del mismo y el presidente lo remitiría al Congreso para continuar su tramitación como cualquier otra proposición de ley.  

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