La Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA) ha presentado una denuncia formal contra el Gobierno de España ante la Comisión Europea por no haber transpuesto ni puesto en marcha la directiva sobre el sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en lo relativo al régimen especial de exención para autónomos y pequeños negocios, el conocido como “IVA franquiciado”.
En la queja se alude específicamente al incumplimiento de la Directiva Europea 2020/285 del Consejo, de 18 de febrero de 2020, que modifica los artículos 281 a 294 de la Directiva 2006/112/CE, “vulnerando con ello los principios de efectividad, no discriminación, proporcionalidad, seguridad jurídica, competencia leal y libertad de establecimiento del Derecho de la Unión Europea”.
El presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha hecho público este paso dado por la organización este lunes durante un acto informativo celebrado en Jerez de la Frontera (Cádiz), organizado por Europa Press Andalucía junto a la Fundación Cajasol y con el patrocinio de Moeve, bajo el título ‘Autónomos y emprendedores impulsan la Andalucía del futuro’, que será clausurado por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno.
Amor ha argumentado que la denuncia se debe a que, a su juicio, el Ejecutivo central “vuelve a discriminar a los autónomos españoles con respecto a los autónomos europeos”, recordando que “España es el único país de la Unión Europea que no ha aplicado la directiva europea del IVA franquiciado, que era de obligado cumplimiento el 1 de enero del año 2025”.
Ha precisado que esta situación “significa que un autónomo francés o uno italiano, una empresa francesa o italiana, por ejemplo, que factura menos de 85.000 euros, no está obligada a repercutir IVA”, algo que ya se aplica “en toda Europa”, con la única excepción de España, que “no lo ha hecho”.
“Y, por eso, el viernes, denunciamos al Gobierno de España ante la Comisión Europea por el incumplimiento de esta directiva, porque ya está bien de discriminar a los autónomos españoles con respecto a los autónomos europeos”, ha insistido el presidente de ATA.
La federación explica que ha optado por recurrir a Bruselas en su condición de organización intersectorial representativa mayoritaria, “con la legitimación especial otorgada para actuar en defensa de los intereses colectivos de los autónomos ante las administraciones públicas, tanto nacionales como europeas”.
En este contexto, ATA reclama “la implantación en España de un régimen real de simplificación-exención de IVA para pequeños negocios, alineado con la UE, que reduzca cargas administrativas y facilite el cumplimiento”, y alerta de que “este incumplimiento tienen un enorme efecto sobre las actividades de los negocios y nos resta competitividad”.
La organización recuerda que la Directiva 2006/112/CE, que fija el sistema común del IVA, fue modificada por la Directiva (UE) 2020/285 en sus artículos 281 a 292 con el fin de modernizar y armonizar el régimen especial de exención para pequeñas empresas, buscando simplificar las obligaciones tributarias y rebajar la burocracia.
Según detalla ATA, esta reforma permite a los Estados miembros fijar un umbral de facturación anual de hasta 85.000 euros, por debajo del cual los autónomos y pequeñas y medianas empresas quedarían liberados de la obligación de repercutir, ingresar y declarar el IVA.
ATA subraya que la directiva establecía dos fechas clave que el Gobierno español no ha respetado: un plazo de transposición, por el que los Estados miembros debían aprobar y publicar las normas necesarias como máximo el 31 de diciembre de 2024, y un plazo de aplicación, de forma que las nuevas reglas debían entrar en vigor el 1 de enero de 2025.
“A fecha de hoy, el Gobierno de España no ha adoptado ninguna medida legislativa para transponer la Directiva Europea 2020/285”, ha reprochado el presidente de ATA, señalando además que la regulación española, recogida en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, no contempla un régimen general de franquicia del IVA basado en un umbral de facturación.
“Los autónomos españoles son los únicos en la Unión Europea que no se pueden acoger al IVA franquiciado si facturan menos de 85.000 euros”, ha remarcado Lorenzo Amor, quien ha alertado de que la “falta de previsión legal de un umbral de exención y la inexistencia de procedimientos de control y registro adaptados a la hora de aplicar de repercutir y liquidar el IVA son dos de los obstáculos principales que llevan a los autónomos a vivir con una inseguridad legislativa que se ha instalado en nuestro día a día”.











