El Consejo de Ministros, tras la sugerencia del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado hoy modificaciones regulatorias diseñadas para proporcionar una mayor claridad sobre los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa, optimizar su monitoreo y asegurar una ‘mayor transparencia’ en el mercado oleícola.
Según un comunicado del Ministerio de Agricultura, el decreto real promulgado hoy cambia las normas sobre las declaraciones obligatorias en estos sectores y mejora el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO).
‘Esta herramienta, gestionada por el ministerio y las comunidades autónomas, se refuerza para mejorar la calidad de la información y la trazabilidad del proceso productivo de aceite de oliva y aceituna de mesa’, explicó el Departamento dirigido por Luis Planas.
Una innovación del decreto es que las almazaras ahora deben entregar anualmente, antes de comercializar, un informe de la producción de aceite de oliva de la temporada pasada, clasificado por categorías (virgen extra, virgen y lampante).
El Ministerio de Agricultura ha declarado que esta información adicional será ‘clave’ para analizar el mercado, especialmente considerando que España lidera la producción mundial de aceite de oliva.
Además, se ha modificado la frecuencia de declaraciones sobre producciones ecológicas de mensuales a anuales en almazaras e industrias de transformación de aceituna de mesa que trabajan con productos ecológicos, lo que ‘simplifica el procedimiento y asegura la confiabilidad de la información’.
El nuevo decreto también promueve una mayor valorización de los subproductos, reconociendo los orujos grasos de almazara como subproductos destinados a la extracción de aceite de orujo de oliva crudo. Por esta razón, los secaderos de orujo ahora deben presentar un reporte mensual de su actividad, mientras que las almazaras y extractoras de orujo no necesitarán crear registros adicionales que aumenten la carga administrativa.
Otra actualización del decreto es la eliminación de los modelos de formularios de datos, ‘ya que la información necesaria está disponible en los sistemas y procedimientos usados por las autoridades competentes’.
Adicionalmente, el decreto actualiza roles de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) y de las comunidades autónomas en el censo de instalaciones y operadores del SIMO, de acuerdo con las modificaciones recientes en la Ley de la Cadena alimentaria.
Finalmente, el decreto elimina las sanciones por demoras en la presentación de la solicitud única de la Política Agraria Común (PAC) para 2025 durante el periodo del 15 al 31 de mayo, retroactivamente, según lo estipulado en una resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).















