La Ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela finalizó su tramitación el pasado mes de diciembre, fue publicada en el BOE en concreto el día 26 y ya comienza a tener impacto. Este miércoles 28 de enero está marcado en rojo en el calendario porque concluye el plazo fijado en el articulado para que las operadoras de telecomunicaciones remitan al Gobierno sus respectivos protocolos para aplicar una de las obligaciones de la nueva normativa: el bloqueo de las llamadas spam.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, con Pablo Bustinduy al frente, logró introducir vía enmienda transaccional -aún con el PSOE en contra- la exigencia de que las operadoras bloqueasen llamadas spam. Así, el apartado 4 del artículo 16 recoge que “deberán bloquearse por parte del operador que recibe la llamada las llamadas de servicios de comunicación vocal provenientes de números de tarifas especiales o inteligentes”.
La fórmula de la ley para cercar las llamadas spam es clara. Los sectores deberán identificar mediante un código numérico específico todas sus llamadas comerciales y utilizar otro distinto para las relativas a atención a la clientela. A partir de este sistema, los operadores de telecomunicaciones deberán bloquear las llamadas que no cumplan con estos criterios, tanto por iniciativa propia o cuando le sea solicitado por una autoridad competente.
Al hilo de lo anterior, la Disposición transitoria única daba un plazo de un mes desde la entrada en vigor de la ley a los operadores afectados para que notificaran a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales sus criterios y protocolos.
Con celeridad
Será el Ejecutivo, el que habrá de analizar y dar el visto bueno a los mecanismos; ante lo que Facua-Consumidores en Acción ha pedido celeridad. Mediante un comunicado, urge a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, dependiente del Ministerio de Transformación Digital, a emitir “cuanto antes” resoluciones específicas para cada uno de los protocolos remitidos por las compañías.
Una vez aprobados, las telecos estarán en disposición de activarlos con el objetivo de frenar el tráfico de llamadas comerciales no autorizadas.
La asociación de consumidores considera que estas herramientas deben aplicarse con carácter inmediato, dado que la inmensa mayoría de usuarios continúa sufriendo llamadas comerciales no solicitadas, pese a tratarse de una práctica prohibida desde junio de 2023. Además, recuerdan que estas llamadas suelen canalizar fraudes.
El fin de las llamadas spam, ¿o no?
Tal y como publicó Demócrata, las propias telecos consideran que existe una laguna normativa. La Administración Pública es la responsable de validar, con anterioridad, los protocolos y patrones técnicos que desarrollen los operadores para detectar este tipo de llamadas. El bloqueo se basará en criterios técnicos, pero “en ningún caso permitirán discriminar si una llamada es comercial o de otro tipo, o si cuenta o no con el consentimiento del consumidor, por lo que existe riesgo de que queden bloqueadas comunicaciones que la ley sí permite”.
Además, no todas las compañías deberán aplicar el bloqueo. Las obligaciones de identificación y control de las llamadas spam no afectarán a comercializadoras de servicios de luz, gas o telefonía con menos del 5% de cuota de mercado, siempre y cuando sean pymes y cuenten con menos de 250 trabajadores y una facturación por debajo de 50 millones o balance por debajo de 43. “Esto significa que una parte importante de las llamadas comerciales no deseadas podrá seguir produciéndose, puesto que estas compañías no estarán obligadas a utilizar los códigos de identificación.