La Comisión de Asuntos Jurídicos ha aprobado, por 17 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones, la propuesta de informe sobre el paquete Ómnibus I. Lo que busca es reducir la burocracia relativa a los requisitos de informes de sostenibilidad que las empresas deben presentar y a su diligencia debida.
En un primer momento, el Ejecutivo comunitario quería rebajar hasta un 80 % el número de compañías obligadas a presentar informes sociales y ambientales; sin embargo, Estrasburgo ha pedido ir un paso más allá. El documento respaldado por el Comité refleja la propuesta de que únicamente se incluya a aquellas compañías con una media de 1.000 empleados y una facturación anual neta superior a 450 millones de euros. Esto afecta tanto a los informes de sostenibilidad como a las normas de taxonomía.
Una vez entre en vigor la norma, para aquellas entidades que queden excluidas, la presentación de informes será voluntaria. En este sentido, para evitar que las grandes firmas trasladen sus obligaciones a sus socios más pequeños, no se podrá exigir información que exceda los estándares voluntarios. Asimismo, la presentación de requerimientos sectoriales también será opcional.
Diligencia debida
Del mismo modo, las normas vigentes sobre la presentación de informes se reducirán de manera que se centren en la información cuantitativa y en la reducción de la carga administrativa. Los eurodiputados también quieren que la Comisión establezca un portal digital gratuito para las empresas, con acceso a plantillas, directrices e información.
Según el texto aprobado, Estrasburgo considera que las normas de diligencia debida, que exigen a las empresas prevenir y limitar su impacto sobre el medio ambiente, solo deben aplicarse a aquellas con más de 5.000 empleados o una facturación anual superior a 1.500 millones de euros.
Al contrario de lo planteado en la propuesta inicial, sobre la posibilidad de que las compañías exijan información a firmas más pequeñas para sus evaluaciones de diligencia debida, el documento defiende un enfoque basado en el riesgo. Por esta razón, solo se requerirá información cuando exista una posibilidad plausible de impacto adverso en las actividades de sus socios. Eso sí, las empresas seguirán obligadas a elaborar un plan de transición que alineé su estrategia con una economía sostenible.
Con firma española
El documento final, que ahora llegará al Pleno de la próxima semana en Estrasburgo, incorpora algunas de las propuestas de los eurodiputados españoles planteadas durante el periodo de enmiendas. Tras la votación, el eurodiputado popular Adrián Vázquez ha expresado que con esta revisión de la CSRD y la CSDDD se envía un mensaje claro. «Europa puede liderar la transición verde y al mismo tiempo proteger su tejido productivo. La sostenibilidad y la competitividad no son objetivos opuestos, sino complementarios», ha expresado.

Propuestas del PP
Desde la delegación española del Partido Popular, se reclamaba que la Comisión Europea adoptara directrices sectoriales específicas para apoyar a las empresas del mismo sector en sus evaluaciones de materialidad. Estas directrices deben ofrecer apoyo sectorial para la identificación y divulgación de impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad, con el fin de asegurar un alto nivel de consistencia y comparabilidad en la información de sostenibilidad reportada por las empresas del sector.
Además, en el marco de las sanciones financieras, los populares reclamaban que se determinasen en relación con los beneficios netos (net profits) de la empresa. Así, el umbral superior de las sanciones no debe exceder el 5 % de los beneficios netos obtenidos por la empresa durante el ejercicio financiero anterior a la imposición de la multa.
Para las entidades que caen bajo ciertas clasificaciones (Artículo 2(1)(b) y Artículo 2(2)(b) de la Directiva), el cálculo de las sanciones financieras debe tener en cuenta los ingresos consolidados de la sociedad matriz última (ultimate parent undertaking).
Propuestas del PSOE
Como ha ocurrido con las enmiendas populares, las propuestas planteadas por los socialistas también han acabado formando parte del texto final a través de las enmiendas de compromiso. En este sentido, se ha acogido el planteamiento de que la cláusula que limita la información solicitada a las PYMES en la cadena de valor no perjudique los requisitos de la Unión y nacionales sobre la obligación de las empresas de llevar a cabo procesos de diligencia debida.
En la misma línea, se han introducido las enmiendas relacionadas con la consulta a expertos sobre los nuevos Estándares de Reporte de Sostenibilidad Simplificados (S-ESRS) para medianas y grandes empresas, y la delegación de poderes a la Comisión para adoptar actos delegados. Otra de las demandas clave versaba sobre la obligación de las empresas de realizar una evaluación en profundidad (in-depth assessment) si tenían información plausible sobre impactos adversos surgidos a nivel de un socio comercial indirecto.

De la misma manera, se ha incorporado la propuesta de que, si una empresa decide no suspender una relación comercial a pesar de los impactos adversos (porque la suspensión podría ser peor, según su evaluación), debe monitorear el impacto potencial adverso y evaluar periódicamente si existen medidas adicionales disponibles.
Y, ¿ahora qué?
Una vez aprobado el documento final y se han incorporado las enmiendas de compromiso, el texto sale al Pleno. Se espera que se tramite en la próxima sesión de Estrasburgo, la semana del 20 de octubre. Si el Parlamento aprueba el mandato de la comisión en la próxima sesión plenaria, los eurodiputados y los gobiernos de la UE deberían iniciar las negociaciones sobre el texto final de la legislación el 24 de octubre.
En el Pleno, las enmiendas tienen una nueva oportunidad. Los grupos políticos, o 37 eurodiputados, pueden presentar enmiendas “vivas” adicionales al texto que ya habría aprobado el Comité. Se debatirían y votarían antes del voto final. Ahí, se requiere mayoría simple de los votos emitidos. En ese momento, el texto se convertirá en la posición del Parlamento en primera lectura. Es entonces deber del Consejo de la Unión Europea continuar con el proceso legislativo. El Consejo puede aceptar el texto tal cual (y el acto se adopta), proponer enmiendas (lo que abre una segunda ronda de lecturas) o rechazarlo. De proponer cambios, estos volverían a la Eurocámara.