El Congreso de los Diputados ha decidido esperar a que el Tribunal Supremo ratifique el auto de prisión preventiva del exministro José Luis Ábalos, que ha sido apelado por su defensa. Se espera que esta confirmación ocurra el 4 de diciembre, momento en el cual se procederá a aplicar la suspensión del diputado, conforme lo establece el Reglamento.
La Presidencia del Congreso había solicitado al Supremo la verificación del ingreso en prisión de Ábalos y del auto de procesamiento o su equivalente, para iniciar el proceso de suspensión. La respuesta del Tribunal llegó recientemente, indicando que Ábalos Meco se encuentra bajo ‘la prisión provisional comunicada y sin fianza’, aunque el auto aún puede ser modificado ya que está sujeto a la apelación cuyo resultado se conocerá el próximo 4 de diciembre.
SUSPENSIÓN DE SUELDO Y VOTO
La Mesa del Congreso aguardará la resolución de la apelación y, de confirmarse el auto de prisión, se aplicará el artículo 21 del Reglamento. Este artículo prevé que los diputados serán suspendidos de sus funciones y derechos parlamentarios durante el período de prisión preventiva. Como resultado, Ábalos dejaría de recibir cualquier tipo de remuneración o indemnización del Congreso, y perdería su capacidad para participar en las actividades parlamentarias y votar, incluso de manera telemática.
Esta suspensión, sin embargo, no implica la pérdida del escaño, que solo se produciría con una sentencia firme o en casos de procesamiento por delitos graves específicos, como se observó en otros casos políticos recientes.
¿REVISAR LAS MAYORÍAS?
Con la posible ausencia de Ábalos, quedando solo 349 diputados activos en lugar de 350, algunos grupos podrían plantear la necesidad de revisar las mayorías requeridas para ciertas votaciones en la Cámara. Aunque la diferencia es mínima, los letrados tendrán que evaluar esta situación basándose en precedentes anteriores.











