El Congreso se prepara para suspender el sueldo y los derechos parlamentarios del exministro y actual diputado del Grupo Mixto, José Luis Ábalos, en caso de que el juez instructor del Tribunal Supremo decida enviarlo a prisión este jueves en relación con el ‘caso Koldo’.
El magistrado Leopoldo Puente ha convocado tanto a Ábalos como a su exasesor Koldo García para determinar si procede su encarcelamiento, tal y como solicitan las acusaciones populares encabezadas por el PP, por supuestas anomalías en la adjudicación de contratos de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes durante la crisis sanitaria.
Las acusaciones populares han propuesto revisar las medidas cautelares actuales de Ábalos y Koldo, que incluyen la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del país, además de comparecencias cada quince días, y han anticipado su petición de prisión provisional al considerar que hay «existen indicios racionales de criminalidad» y una «elevada petición de pena».
Si se confirma el encarcelamiento de Ábalos, el Congreso aplicará automáticamente lo estipulado en el segundo apartado del artículo 21 de su Reglamento, que establece la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios en caso de prisión preventiva. Según los letrados del Congreso, esta medida se aplicará directamente a Ábalos debido a la naturaleza abreviada del procedimiento, lo que implica que no es necesario un auto de procesamiento firme ni un debate en la Mesa del Congreso.
Esta suspensión supondría que Ábalos dejaría de recibir su salario del Congreso y perdería su derecho a participar y votar en actividades parlamentarias, aunque la medida sería temporal y se revertiría una vez que recuperase su libertad, sin implicar la pérdida de su escaño.
En este escenario, y con la posible reducción de diputados operativos a 349, algunos grupos podrían plantear la necesidad de revisar las mayorías necesarias en la Cámara, aunque esto requeriría un estudio más detallado por parte de los letrados, basándose en casos anteriores.











