El Congreso decide mañana sobre la ley del PP que lleva a bancos y fondos a juicios rápidos por pisos ocupados

El Congreso examina la ley del PP que agiliza desahucios, limita la vulnerabilidad y modifica normas urbanísticas y de vivienda aprobadas en 2023.

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El Pleno del Congreso abordará este martes el debate y la primera votación de una proposición de ley registrada por el PP que, entre otros cambios, busca acelerar los procedimientos de desarrollo urbanístico y permitir que empresas, entidades financieras y fondos de inversión puedan recurrir a juicios rápidos para recuperar viviendas 'okupadas'.

Esta iniciativa normativa ya superó el trámite del Senado, donde los 'populares' cuentan con mayoría absoluta, y ahora el equipo de Alberto Núñez Feijóo intentará que se admita a trámite en la Cámara Baja. La votación coincidirá con la aprobación en el Consejo de Ministros del plan estatal de vivienda, dotado con 7.000 millones de euros.

Incluso si la proposición de ley obtiene un amplio respaldo este martes, no quedará aprobada de forma definitiva. Pasará a tramitarse en el Congreso, abriéndose el plazo para que los distintos grupos parlamentarios registren sus enmiendas.

Coincidencias y choques con la Ley del Suelo y la Ley de Vivienda

Aunque el texto incorpora algunos elementos que figuraban en la Ley del Suelo pactada por PSOE y PNV, como evitar la nulidad en cascada de todo un proyecto urbanístico por defectos considerados subsanables, la propuesta del PP rebasa el marco estrictamente urbanístico y llega a derogar varios preceptos de la Ley de Vivienda de 2023 impulsada por PSOE y Unidas Podemos.

En particular, elimina las zonas tensionadas y el índice de precios de referencia de los alquileres incluidos en la Ley de Vivienda de 2023, al entender el PP que son "medidas perjudiciales" para el funcionamiento del mercado residencial.

Asimismo, la proposición introduce cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que las personas jurídicas, es decir, empresas, bancos y fondos de inversión, puedan acudir a un juicio verbal con el fin de reclamar la "inmediata recuperación" de la posesión de una vivienda o parte de ella cuando se haya ocupado sin su autorización.

Estos procedimientos están pensados para resolver con rapidez conflictos civiles de cuantía reducida. En la normativa vigente, las personas jurídicas no pueden utilizar esta vía salvo que se trate de entidades sin ánimo de lucro.

La iniciativa también modifica la Ley de Enjuiciamiento para acortar de dos a un mes el plazo máximo de suspensión de un desahucio, con la finalidad de que se ejecuten de forma efectiva las medidas de protección a hogares vulnerables que propongan las administraciones públicas cuando el demandante sea una persona física, y de cuatro a tres meses cuando el demandante sea una persona jurídica.

Cambio en el umbral de vulnerabilidad y ajustes en licencias urbanísticas

Además, se reduce de tres veces a 1,5 veces el Iprem mensual el límite base de ingresos del hogar que el juez debe valorar para determinar si existe vulnerabilidad económica. De este modo, cualquier familia que supere los 900 euros mensuales de ingresos (el Iprem vigente es de 600 euros) dejará de ser considerada vulnerable a efectos de paralizar un desahucio.

En materia urbanística, el texto fija que en las obras de nueva edificación seguirá siendo preceptiva una licencia, pero si transcurren tres meses sin resolución expresa de la administración competente se entenderá producido el silencio positivo.

Esto implica que se podrá iniciar la construcción aun sin resolución expresa, con la intención de acelerar los trámites. El mismo criterio se aplicará a intervenciones en edificios ya existentes que modifiquen su configuración arquitectónica, afecten a la volumetría, estructura, composición general exterior o supongan un cambio de uso característico del inmueble.

Silencio negativo y nulidad de instrumentos urbanísticos

En cambio, el silencio será negativo en intervenciones totales sobre inmuebles catalogados con algún grado de protección ambiental o histórico-artística y en aquellas actuaciones parciales que afecten directamente a los elementos protegidos. Ese silencio negativo también se aplicará a suelos en situación básica rural, sin transformación urbanística prevista, y a la tala de masas arbóreas.

La reforma establece igualmente que la declaración de nulidad de un instrumento de ordenación territorial o urbanística no arrastrará automáticamente la nulidad de sus actos o disposiciones de desarrollo, permitiendo así su corrección y subsanación.

Asimismo, se elimina en la Ley del Suelo de 2015 la referencia a los procedimientos de evaluación ambiental, al considerarse "redundante" con la regulación específica contenida en la Ley de 2013 de Evaluación Ambiental y en la norma de 2006 sobre acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

La proposición contempla además la creación de una plataforma destinada a agilizar la emisión de informes sectoriales, con la meta de articular sistemas de interoperabilidad con otras herramientas urbanísticas ya existentes o futuras en las distintas administraciones, tanto autonómicas como locales, para lograr una "total coordinación" entre ellas.

Otro de los cambios refuerza la acción pública, fijando límites para impedir que personas físicas o jurídicas recurran los instrumentos de planeamiento y sus actos de ejecución y aplicación con el "único ánimo de obtener un rédito económico y sin proteger ningún interés colectivo". Este aspecto también figuraba en la propuesta que PSOE y PNV acordaron y que finalmente fue tumbada en el Congreso.

Topes a los recursos y reconocimiento a Ceuta y Melilla

La proposición de ley introduce igualmente una reforma en la jurisdicción contencioso-administrativa, acotando a cuatro años el plazo para la impugnación indirecta de las normas de los instrumentos de ordenación territorial.

Además, vuelve a recoger la modificación del plazo máximo de suspensión de un desahucio, que pasa de dos a un mes cuando el demandante es una persona física y de cuatro a tres meses si se trata de una persona jurídica, con el objetivo de que las medidas de protección de personas vulnerables se apliquen de forma efectiva.

Por último, la iniciativa incorpora una disposición específica para que Ceuta y Melilla puedan aprobar de manera definitiva sus propios instrumentos de ordenación urbanística, siempre que cuenten con un informe previo de la Administración General del Estado.